La semana pasada se aprobó el Dictamen en el Congreso de la CDMX, que aprueba el “PISHING”
En la Ciudad de México, en el País y en todo el mundo, la delincuencia está tomando nuevas estrategias para robar el dinero a los ciudadanos.
Ante esto, es necesario que, el Congreso, elaboremos leyes que ayuden al sistema de justicia para poner un alto a estos delincuentes y así evitar que evadan la ley.
El phishing es una técnica de ingeniería social en la que los cibercriminales engañan a la víctima para que revele datos sensibles como información financiera y personal, para luego ser usada para cometer estafas.
Por lo regular usan argumentos de urgencia, por ejemplo una multa por no pagar o una citación judicial.
Incluso, ahora el phishing es capaz hacer una copia sumamente convincente de las páginas web del Gobierno de la CDMX para robar los datos personales, acceder a las cuentas bancarias y así dejar a la ciudadanía sin un solo centavo.
Todo se trató de un ciber fraude.
El marco legal actual en la Ciudad de México se rige por el Código Penal para el Distrito Federal, el cual contempla delitos relacionados con el fraude y el engaño tipificados en los artículos 230 a 233 BIS.
Sin embargo, estos artículos no abordan de manera explícita las técnicas digitales utilizadas en el phishing, lo que limita su aplicabilidad en casos donde el delito se comete a través de medios electrónicos.
Esta reforma Anti-Phishing responde a la necesidad de actualizar el marco legal para hacer frente a las nuevas formas de delincuencia digital, pues la legislación actual no contempla de manera adecuada este tipo de conductas, lo que genera un vacío legal que favorece la impunidad.
El tipificarlo como delito, facilitaría su identificación, pero también su investigación, al crear el tipo penal, por lo que la legislación que se establezca debe de constar con sanciones adecuadas que ayuden a inhibir la práctica de dicho delito.
Con la adición de una nueva fracción dedicada al phishing en nuestro Código Penal se busca brindar claridad jurídica: empezando por la definición del concepto, establecería penas privativas de libertad graduadas según el monto defraudado y la concurrencia de agravantes como la afectación de personas vulnerables o la suplantación de dependencias gubernamentales.
Hay que considerar que las leyes actuales, aunque bien intencionadas, no están equipadas para manejar los matices del phishing, pues no abordan explícitamente su naturaleza electrónica y engañosa.
Esta inadecuación no solo obstaculiza el enjuiciamiento, sino que también envía un mensaje de impunidad a los atacantes, que enfrentan poco riesgo de consecuencias significativas.
Incluso, la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, ha determinado que los adultos mayores son el sector más vulnerable a los ciberdelincuentes por su falta de familiaridad con la tecnología.
Según datos de la Policía capitalina, de los adultos que han estado expuestos a delitos cibernéticos, el 40 por ciento de ellos fue precisamente al phishing.
Este delito disuadirá a los potenciales infractores a través de repercusiones legales claras y fomentando una cultura de vigilancia entre la población.
Las sanciones que propone esta reforma Anti-Phishing son las establecidas en el artículo 230 del Código Penal para el Distrito Federal: desde los 4 meses hasta los 11 años de prisión, dependiendo del monto defraudado.