Daniela Méndez
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) debe entregar el oficio mediante el cual se acredita que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aceptó la Recomendación 93/2019 emitida para la protección, conservación y recuperación de la vaquita marina, la totoaba y demás especies endémicas de la reserva de la biósfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
La Comisionada Blanca Lilia Ibarra, destacó que “en la actualidad, la vaquita marina y la totoaba se encuentran gravemente amenazadas y ambas están catalogadas como especies en peligro de extinción, por lo que transparentar la información solicitada es una condición necesaria para coadyuvar en la valoración de las acciones enfocadas a su protección, resguardo y conservación”.
En las últimas décadas, la población de vaquita marina ha disminuido en más de un 90 %; en gran parte, debido a la pesca ilegal de totoaba.
La CNDH, indicó que “la Recomendación fue dirigida a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sagarpa), a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) y a la Profepa”.
La Comisión, agregó “la Recomendación fue aceptada por la Semarnat, mediante el oficio 112.- 6465; en ese sentido, puso a disposición del particular la versión pública de los documentos, pruebas y constancias NO por la dependencia”.
En alegatos, la CNDH, precisó que “la Profepa aceptó la Recomendación, mediante un oficio distinto, recibido el 30 de octubre de 2019, por lo que puso a disposición los documentos, pruebas y constancias remitidas por la autoridad ambiental, así como información generada por la Comisión para evaluar y dar seguimiento al instrumento”.
Se iniciaron 4 carpetas de investigación derivadas del expediente de seguimiento a la Recomendación, cuya divulgación revelaría la forma en que se indagan hechos considerados como delitos contra el ambiente.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Ibarra Cadena, se constató que, en efecto, la información proporcionada en un inicio por la CNDH no correspondía con la solicitada, pues se trataba de los documentos remitidos por la Semarnat al aceptar la Recomendación y el particular requirió los de la Profepa.
En este contexto, se concluyó que el oficio suscrito por la Profepa y recibido por la CNDH el 30 de octubre de 2019, referido en alegatos, es el documento con el cual se acredita la aceptación de la Recomendación por parte de la autoridad ambiental.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la CNDH a efecto de proporcionar al solicitante el documento mediante el cual se acredita que la Profepa aceptó la Recomendación 93/2019.
Imagen: Captura de video