La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Nacional de Migración (INM), dirigido por Francisco Garduño, tras la retención indebida de un migrante venezolano en una estación migratoria durante un mes.
Rosario Piedra Ibarra, titular de la CNDH, detalló que la víctima fue retenida en la Estación Migratoria del INM en la Ciudad de México (EMCDMX), incumpliendo el mandato de que una persona migrante no debe estar en esa condición por más de 36 horas.
El caso se originó cuando la víctima fue liberada de un penal varonil el 14 de octubre de 2023, tras acogerse a una suspensión condicional de ejecución de pena. A pesar de esto, la víctima continuó retenida en la EMCDMX debido a la falta de respuesta de la embajada de Venezuela.
El 19 de noviembre de 2023, se decretó la suspensión de los actos de detención, deportación y expulsión contra la víctima, con el fin de cesar su alojamiento y continuar con el Procedimiento Administrativo Migratorio (PAM) correspondiente. Sin embargo, esta orden no se cumplió hasta el 5 de diciembre de ese año.
La CNDH, tras analizar las evidencias, concluyó que las acciones de las dos servidoras públicas involucradas carecieron de fundamentación y motivación, lo que resultó en la retención injustificada de la víctima en la EMCDMX. La justificación de esperar el salvoconducto de la autoridad venezolana no fue suficiente para exceder el límite de 36 horas establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La recomendación de la CNDH al INM incluye la inscripción de la persona afectada en el Registro Nacional de Víctimas para garantizar una reparación integral del daño, incluyendo una compensación proporcional. Además, se solicitó la colaboración en la presentación y seguimiento de una denuncia administrativa contra las dos servidoras públicas involucradas.
Asimismo, la CNDH recomendó impartir un curso integral en materia de derechos humanos, con énfasis en el derecho a la libertad personal de los migrantes presentados en estaciones migratorias, destacando la resolución de la SCJN que limita a 36 horas la estancia máxima en dichas instalaciones.
Foto por cuarto Oscuro