En medio de un intenso debate, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por mayoría que el Instituto Nacional Electoral (INE) puede seguir adelante con la organización de las elecciones de jueces y magistrados, a pesar de las suspensiones emitidas en diversos juicios de amparo. La resolución se dio con votos a favor de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Fuentes y Mónica Soto, quienes defendieron que la responsabilidad constitucional del INE prevalece sobre las suspensiones.
El magistrado De la Mata, encargado del proyecto, afirmó: “Los jueces de amparo no tienen competencia para suspender elecciones, al igual que nosotros no resolvemos divorcios”. Además, argumentó que frenar los comicios iría en contra del artículo 41 de la Constitución, que establece que los procesos electorales no pueden ser interrumpidos por medios legales. "La Corte puede tardar hasta dos años en resolver, pero nosotros estamos obligados a actuar con prontitud", añadió.
Por su parte, Mónica Soto, subrayó que la Sala Superior se limitó a aclarar la incertidumbre del INE ante las órdenes contradictorias: la obligación de llevar a cabo los comicios según la reforma constitucional y las suspensiones judiciales que ordenaban lo contrario. "No estamos invalidando decisiones de jueces de distrito; simplemente estamos confirmando que la autoridad electoral debe cumplir con su deber constitucional", puntualizó.
En contraste, los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra. Otálora planteó que la decisión debía aplazarse hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera los recursos en trámite sobre el tema. "Adoptar esta resolución antes de que la Corte se pronuncie es prejuzgar sobre un asunto de competencias que aún no ha sido resuelto", advirtió.
Rodríguez Mondragón criticó la postura del Tribunal Electoral, calificándola como una extralimitación de facultades. Aseguró que el INE debió recurrir a los tribunales colegiados en lugar de buscar una resolución en la Sala Superior. “Pronunciarnos sobre las suspensiones implica, aunque sea de manera indirecta, invadir las competencias judiciales", afirmó.
Otálora también mencionó que el Tribunal Colegiado de Colima presentó un recurso ante la SCJN el pasado 14 de octubre para que se aclarara si el Tribunal Electoral tiene facultades para pronunciarse sobre suspensiones judiciales. "En caso de no aplazarse esta resolución, estaríamos adoptando una postura que podría interferir con la decisión final de la Suprema Corte", argumentó.
A pesar de estas objeciones, la mayoría de los magistrados concluyó que detener el proceso electoral era inviable, reafirmando que la urgencia y continuidad de los comicios son fundamentales para garantizar los derechos ciudadanos. De la Mata enfatizó: "Si la Constitución prohíbe suspensiones, ni siquiera la Corte podría ordenarlas".
Con esta decisión, el INE podrá reanudar de inmediato las actividades relacionadas con la elección de jueces, magistrados y ministros, dejando sin efecto las suspensiones judiciales en materia electoral.
Foto por Cuarto Oscuro