Por unanimidad, la Cámara de Diputados del Estado de México aprobó la llamada "Ley Ingrid", que establece como tipo penal el delito de difusión indebida de imágenes o información de víctimas. Además, incorpora agravantes al Código Penal estatal, si es en perjuicio de niñas, adolescentes o mujeres.
Con estas reformas, se establece el castigo de hasta ocho años de prisión, cuando el delito lo cometan servidores públicos, y se grava si es en perjuicio de niñas, adolescentes o mujeres.
Al respecto, la diputada Beatriz García Villegas dijo que las reformas aprobadas sancionan a las personas que de manera indebida revelen o difundan imágenes, archivos o información de una carpeta de investigación en trámite.
“No se puede seguir lucrando con la dignidad y la integridad de las víctimas y sus familiares, la revictimización no puede volverse costumbre, y ser solo espectadores de lo que se comparte y difunde, se expone o se envía en cualquier medio, principalmente a través de páginas amarillistas, redes sociales, audios, imágenes y videos de cualquier mujer que ha perdido la vida como víctima de un homicidio o feminicidio”, expresó.
“Y es peor cuando estas acciones son cometidas de manera reiterada por servidoras públicas de las diferentes instituciones de procuración y administración de justicia”, advirtió.
Por último, se dijo que: “Si las imágenes, audios o videos son de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas previstas se incrementarán hasta en una mitad”.
Imagen: Legislatura EdoMex