facebook comscore
Golpe bajo a las mujeres

Golpe bajo a las mujeres

Columnas martes 11 de febrero de 2020 -

Por Olivia Garza

La propuesta del fiscal general, Alejandro Gertz Manero, para sustituir el delito de feminicidio, introducido en los artículos 51 y 325 del Código Penal Federal desde 2012, y en su lugar considerarlo solo como una agravante del delito de homicidio, dejó ver el menosprecio a la mujer, la ignorancia y la falta de sensibilidad de los funcionarios de la 4T.
La idea de desaparecer el feminicidio va en contra de los derechos humanos establecidos en los convenios internacionales suscritos por México y viola flagrantemente la sentencia de la Suprema Corte en el Caso de Mariana Lima Buendía, donde se mandata que todo hecho de privación de la vida de mujeres, aún si se presume suicidio, sea investigado como feminicidio.
El feminicidio representa un triunfo de las mujeres, no podemos olvidar los grandes debates al respecto en el Congreso de la Unión desde 2003, cuando legisladoras de diversos partidos, comprometidas con la defensa de los derechos humanos de la mujer, formularon varias propuestas para introducir el tipo penal de feminicidio en el Código Penal Federal, y no fue hasta junio de 2012 que se tipificó este como delito.
El delito de feminicidio establecía lo siguiente: “Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, se considera esto cuando, la víctima presente signos de violencia sexual, lesiones o mutilaciones, infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público” (art. 325).
Tristemente de nueva cuenta hemos escuchado voces como la del fiscal y ahora otra peor, la de Juan Carlos Leal, diputado del PES en el Congreso de Nuevo León, decir que "las mujeres no mueren por ser mujeres" como plantea la ONU, sino que mueren por otras razones o que ellas mismas provocan su muerte, lo que pone en duda el tipo penal de feminicidio.
Las mujeres son sujetas a maltrato y desconsideración en los tribunales de justicia, como se ve en casos de delitos sexuales y crímenes contra la vida de las mujeres, y para muestra un botón, el delito de violación, sigue anclado en la idea de que una mujer sometida a la fuerza por su ultrajador, debe resistirse hasta la muerte al acto de ultraje, porque si se rinde para salvar su vida quiere decir que consintió el acto.
Esta forma de juzgar colocó a las mujeres en franca desventaja, de ahí la necesidad de un tipo penal fuerte que obligue al juzgador a defenderlas y a castigar a su agresor, que no permita interpretación.
No es un delito difícil de investigar y probar como señala el fiscal Gertz Manero, sino todo lo contrario, ya que el propio Código Penal Federal nos establece de manera clara y precisa quién comete el delito, y hasta en que consiste el delito.



No te pierdas la noticias más relevantes en google noticias

Envíe un mensaje al numero 55 1140 9052 por WhatsApp con la palabra SUSCRIBIR para recibir las noticias más importantes.

/CR

Etiquetas


Notas Relacionadas
Hablemos del agua Columnas
2024-04-23 - 01:00
Línea 13. Columnas
2024-04-23 - 01:00
INVASIÓN DE AUTOS CHINOS Columnas
2024-04-23 - 01:00
Reporte 2024: autocracias y elecciones Columnas
2024-04-23 - 01:00
Zaldívar: la disputa por el poder Judicial Columnas
2024-04-23 - 01:00
Día Cero en México: cuenta regresiva Columnas
2024-04-23 - 01:00
LA MARGINACIÓN NO DEBE DE EXISTIR Columnas
2024-04-23 - 01:00
LÍNEA 13. Columnas
2024-04-22 - 01:00
LÍNEA 13. Columnas
2024-04-22 - 01:00
TIRADITOS Columnas
2024-04-22 - 01:00
Échenles chiles a las salsas Columnas
2024-04-22 - 01:00
+ -