Claudia Bolaños
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó abajo la ley electoral en Oaxaca, que aprobó recientemente el Congreso de la entidad.
La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca, que aplazaba la entrada en vigor de diversas disposiciones para la elección de autoridades indígenas de 415 municipios, quedó anulada al aprobarse el proyecto del ministro, Luis María Aguilar Morales, quien señaló que esta reforma al estatuto violó la veda electoral, al ser modificado el 25 de octubre de 2022, durante los procesos electorales y no 90 días antes de estos, como lo marca la ley.
Por esta razón, ordenaron que deberá aplicarse la ley anterior.
"El decreto impugnado ( por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el partido Nueva Alianza) realizó una modificación fundamental que impacta de manera determinante en el desarrollo de los procesos electorales respectivos, tales aspectos alteran las reglas de los diversos procedimientos electorales en los sistemas normativos internos e indígenas, las condiciones para el ejercicio del derecho de votar y ser votado. Por tanto se estima que el legislador del estado de Oaxaca vulneró lo dispuesto en el artículo 105 fracción segunda penúltimo párrafo de la Constitución, y en consecuencia debe declararse la invalidez del Decreto 698 publicado en el diario oficial de la entidad el 25 de octubre de 2022”, manifestó el ministro ponente.
La reforma modificó disposiciones en materia de paridad de género y erradicación de la violencia política, particularmente la discriminación de las mujeres en los procesos de usos y costumbres de los pueblos originarios para designar a autoridades locales.