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SUPERVIVIENTES: NIÑAS Y NIÑOS MIGRANTES

SUPERVIVIENTES: NIÑAS Y NIÑOS MIGRANTES

Columnas martes 14 de mayo de 2024 -

Por Erika Solorio, activista de derechos humanos, asesora política, comunicóloga social. Mtra. Administración y Políticas Públicas con Enfoque en Gestión Política.

Nada ni nadie debe de transgredir los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes migrantes. La necesidad los obliga a dejar sus hogares, van en busca de una mejor calidad de vida…

Los menores de edad migrantes son una población especialmente vulnerable que enfrenta una serie de desafíos que pueden poner en riesgo sus derechos fundamentales, tienen que ser protegidos por sus familias y por los gobiernos.

Desafortunadamente enfrentan la separación de sus familias, la exposición a la violencia, la explotación laboral, la falta de acceso a servicios básicos como educación, salud y vivienda, entre otros.

Todos los menores de edad, independientemente de su estatus migratorio, tienen derechos humanos que deben ser protegidos. Es responsabilidad de los Estados, las organizaciones internacionales, las ONGs y la sociedad en su conjunto asegurar que los derechos de los niños migrantes sean respetados

La UNICEF destaca que “los niños y niñas migrantes corren el riesgo de sufrir hambre y frío en su trayecto, de padecer enfermedades, sin tener acceso a servicios de salud, de ser explotados por el crimen organizado y de ser detenidos, además de otros tipos de violencia y discriminación por parte de la población de los lugares que atraviesan. Todas estas situaciones tienen graves consecuencias para su salud mental y su bienestar”.

Sus derechos humanos se derivan de diferentes instrumentos internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, la cual prioriza el bienestar de los menores de edad.

La Convención Sobre los Derechos del Niño ratificada por la ONU en 1989 señala en su artículo 2:

“1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.

2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares”.

Los niños y niñas migrantes tienen que ser protegidos de cualquier forma de violencia, explotación, abuso o discriminación. No podemos ser solo observadores ante el dolor, prevenir la descomposición del tejido social es un tema apremiante a nivel internacional.

Los niños, niñas y adolescentes se han convertido en víctimas de la falta de oportunidades. La Convención Sobre los Derechos del Niño es de 1989, y aún falta mucho por hacer. ¿La inacción es consecuencia de la deshumanización? Es pregunta.


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/CR

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