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Senado aprueba Ley Olimpia en todo el país

Senado aprueba Ley Olimpia en todo el país

Nación jueves 05 de noviembre de 2020 -

Daniel Montes de Oca

El Pleno del Senado de la República, aprobó en lo general y particular las modificaciones y adiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal Federal para sancionar la violencia digital, conocida como Ley Olimpia.

Con 87 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, legisladores en la Cámara Alta, avalaron el dictamen que estuvo en las comisiones de Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda.

Esta reforma tipifica y castiga el el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de internet o redes sociales, también las agresiones en contra de las mujeres en medios de comunicación.

También se modifica la minuta aprobada en la Cámara de Diputados para incluir la violencia digital como modalidad que abarca cualquier agresión en contra de las mujeres, niñas y adolescentes.

Respecto a las sanciones, estás serían una pena de tres a seis años de prisión y multa de quinientos a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) la violencia digital y todas las acciones dolosas realizadas mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación que violen la integridad, privacidad e intimidad de las personas, sobre todo, las mujeres.

Estos daños pueden ser representados en exponer, distribuir, difundir, exhibir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización.

Además, también se incluyeron medidas de protección para garantizar la integridad de las víctimas, obligando a empresas de plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales, páginas web y personas físicas y morales, la la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios, o videos relacionados con la investigación.

Dichos medios, tendrán la obligación de vasta de forma inmediata al usuario que compartió el contenido que dicho material será inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.

La pena podrá incrementarse cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, persona con que la víctima tenía o haya tenido una relación sentimental, y por algún servidor público en funciones.

Imagen: Reuters


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DM/CR

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