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Senado recibe minuta para que Fuerzas Armadas se mantengan en las calles hasta 2028

Senado recibe minuta para que Fuerzas Armadas se mantengan en las calles hasta 2028

Nación jueves 15 de septiembre de 2022 -

La minuta recién aprobada en la Cámara de Diputados que permite la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública hasta marzo de 2028, ya fue recibida en el Senado de la República para su análisis.

"Recibimos en el Senado la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional, publicado el 26 de marzo de 2019" escribió el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ricardo Monreal Ávila, en su cuenta de Twitter.

El también coordinador de la bancada de Morena en el Senado, dijo que dicha minuta recibida en la Cámara Alta se turnará a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda.

"Como a cada reforma constitucional, le será aplicado el procedimiento legislativo en todas sus etapas", aseguró el legislador.

Durante el foro Expansión Summit 2022, Monreal Ávila dijo que para aprobarse se necesita una mayoría calificada, la cual corresponde a un total de 85 senadores y que Morena no posee.

“Si se aprueba la iniciativa pasará al Senado y se requiere una mayoría calificada, no nos dan los números, no alcanzan los votos por que en este momento Morena tiene 60 senadores y senadoras, además de cuatro senadores del PES, seis del Partido Verde y cuatro del Partido del Trabajo, esto suma un total de 74 senadores, la mayoría calificada es de 85, faltarían cerca de 12, en este momento no se obtendría la mayoría calificada”, lamentó el senador morenista.

El senador acompañó sus tuits con la imagen de la primera hoja de la minuta aprobada el miércoles en la Cámara de Diputados.

La iniciativa aprueba establecer un plazo de diez años para que la Guardia Nacional desarrolle su estructura, capacidades e implantación territorial.

Mientras tanto, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.

De igual manera se adiciona el párrafo primero del artículo quinto transitorio para establecer que dicha participación deberá tener un enfoque de respeto a los derechos humanos, así como a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.



Imagen: Cuartoscuro


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FT/CR

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