La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó por unanimidad la decisión del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) de destituir al consejero presidente del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur (IEEBCS). La resolución se sustentó en que el funcionario vulneró los principios de independencia e imparcialidad al recibir apoyos económicos ajenos a su función electoral.
El exconsejero impugnó la sanción argumentando que los ingresos obtenidos como integrante del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) no constituían un empleo prohibido ni afectaban su imparcialidad. También sostuvo que la medida era desproporcionada y que no se acreditó negligencia en el desempeño de sus funciones.
Durante la sesión pública, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el pleno determinó que la prohibición constitucional para las consejerías electorales de desempeñar otros cargos remunerados sí se actualizó en este caso. El tribunal concluyó que recibir ingresos externos representa una falta grave a la Constitución, pues compromete la independencia de la función electoral.
La sentencia subrayó que el propio reglamento del SNII permitía solicitar la suspensión del apoyo económico al ocupar un cargo administrativo, lo que reforzó la justificación de la remoción. En consecuencia, se confirmó la resolución del INE y se declaró válida la destitución del consejero presidente del IEEBCS.