Claudia Bolaños
El caso judicial que involucra a Ermilio Castilla Roche y Fernando Ponce García ha tomado relevancia nacional por sus posibles implicaciones en el sistema de justicia mexicano. Se trata de un proceso iniciado tras la denuncia por presunto fraude que el empresario Ponce García interpuso contra Castilla Roche, quien en 2013 decidió vender terrenos debidamente acreditados ante notario público en Quintana Roo.
Aunque en un principio el caso fue desestimado por falta de elementos, el empresario trasladó las acusaciones a Mérida, Yucatán, argumentando que el supuesto fraude se “fraguó a bordo de un avión con destino a la capital yucateca”, lo que validó la competencia territorial para iniciar un proceso penal en esa entidad.
Este caso prescribió hace 10 años, sin embargo, la noche del lunes pasado el Tribunal Primero de Enjuiciamiento en Yucatán decidió mantener la medida cautelar contra Castilla Roche, quien hasta ahora no ha logrado resolver legalmente la influencia de su exsuegro, el empresario Fernando Ponce García.
Tras la negativa a reconocer la prescripción, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzará a observar el caso debido a sus implicaciones procesales y territoriales, por lo que su desenlace podría sentar un precedente que impacte directamente los derechos constitucionales de todos los mexicanos.
La fase de testimonios de cargo concluyó recientemente en el juicio en Yucatán. Especialistas consultados consideran que el expediente podría resolverse a favor de Castilla Roche por dos motivos principales: la prescripción del caso y la validez de un poder notarial que amparó las operaciones inmobiliarias cuestionadas.
Expertos advierten que reabrir causas prescritas erosionaría la legalidad, la seguridad jurídica, el debido proceso y la cosa juzgada, además de crear un precedente riesgoso para el sistema judicial mexicano. Señalan que el Tribunal Primero de Enjuiciamiento cuenta desde el 4 de agosto de 2025 con elementos para analizar la prescripción; no hacerlo podría interpretarse como una violación a derechos constitucionales y prolongar un proceso que ya se extiende por más de una década.
Documentos del expediente indican que la primera denuncia fue presentada en Quintana Roo el 18 de septiembre de 2013, y el plazo legal para perseguir delitos por querella venció el 18 de septiembre de 2014. Sin embargo, la querella en Yucatán se interpuso hasta el 15 de junio de 2015, más de ocho meses después de la prescripción y un año y ocho meses después del conocimiento formal de los hechos.
Otro elemento central es la validez del poder notarial utilizado para realizar las ventas inmobiliarias, cuya vigencia fue certificada por el Archivo General de Notarías. Para la defensa, este documento desmonta la acusación de fraude, demostrando que no hubo engaño ni desplazamiento patrimonial ilícito.
El abogado defensor, Elmer Novelo, afirmó que “la documentación oficial acredita que el poder estaba pleno y vigente, y que su segundo testimonio obra en cada instrumento; sin engaño ni desplazamiento patrimonial, no hay delito”. Añadió que “tres resoluciones de Quintana Roo confirmaron la licitud de las operaciones; lo que vemos ahora es un intento de revivir un expediente extinguido por tiempo, con el riesgo de usar al Poder Judicial para un problema intrafamiliar de más de diez años”.
La parte acusadora sostiene su competencia territorial con el argumento de que la supuesta planeación del ilícito ocurrió “en el aire” mientras sobrevolaban Yucatán, una tesis cuestionada por especialistas procesales por sus posibles efectos expansivos sobre la jurisdicción penal.
En contraste, la defensa confía en que el tribunal cierre el caso en esta etapa y, en caso de fallo adverso, buscará la corrección en apelación.
Los riesgos evidentes son a la seguridad jurídica y el respeto a los derechos constitucionales, se indicó.
Imagen: Especial