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¿Marchar es defender la democracia?

¿Marchar es defender la democracia?

Columnas martes 15 de noviembre de 2022 -

¿Existe un derecho a defender la democracia? Si. Se puede inferir válidamente del modelo completo de gestión de la contienda electoral y sus resultados, del ciclo entero de rendición de cuentas y del establecimiento de la integridad pública como principio rector del ejercicio de gobierno.
Se desprende también del diseño, contenido y consecuencias de nuestro circuito de promoción y defensa de los derechos humanos y de nuestras legítimas aspiraciones a vivir en un ambiente libre de corrupción, de violencia y de desigualdad pero con libertades y paridad en dignidad. Se deduce, entonces, de la legítima exigencia social a la gobernabilidad democrática. Es decir, si tenemos la prerrogativa y el deber de acudir a los comicios y a los ejercicios de participación directa, claramente tenemos el derecho a defender ese método democrático y los modelos normativos e institucionales que lo sostienen. Esto su vez nos permite imaginar y desarrollar nuestros proyectos vitales en lo individual y el de nación en lo colectivo.

Esto no es pura filosofía política y/o jurídica. Es conclusión natural de la concepción de nuestro régimen democrático como un sistema de vida, soportado por una compleja división y cooperación de poderes, pesos y contrapesos, que le dan sentido a la paz social y el bien común como fines últimos del derecho y del poder público.

Justo hace un año, la Suprema Corte arribó a conclusiones similares, en dos tesis de jurisprudencia relevantes. En ambas reconoció expresamente este derecho. Afirmó que constituye una concretización del derecho a participar en los asuntos públicos del estado y comprende el ejercicio conjunto del derecho a la libertad de expresión y de los derechos político-electorales.

Para garantizarlo, advirtió, el Estado debe emitir normativas y desplegar prácticas adecuadas que posibiliten el acceso ciudadano real y efectivo a los espacios deliberativos en términos igualitarios; y debe atender la situación de vulnerabilidad y discriminación en que se encuentran las y los integrantes de ciertos grupos sociales.

Dijo la Corte que esto es así porque, “particularmente en situaciones de ruptura institucional,” la relación entre la libertad de expresión y los derechos políticos electorales resulta manifiesta, pues se ejercen para protestar contra la actuación contraria al orden constitucional de los poderes estatales, “y para reclamar el retorno de la democracia.”

En consecuencia, para hacer efectivo este nuevo derecho, es imperativo que la sociedad pueda hacer efectivo su derecho a expresar y publicar libremente ideas y hechos, y en ese tenor, influir en la formación de la política estatal a través de mecanismos de participación ciudadana; y en términos generales, hacer efectivo su derecho a defender la democracia constitucional.

En efecto, las democracias modernas demandan demócratas leales a la Constitución. Es una alta exigencia ir más allá del discurso coyuntural para actuar en resguardo concreto de la viabilidad y resiliencia de los regímenes políticos republicanos y representativos.

@ElConsultor2

gsergioj@gmail.com


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/CR

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