Columnas
En junio de 2018, dos personas sin sentencia, recluidas en el Centro Estatal de Reinserción Social “El Amate”, en Chiapas, presentaron sendos escritos ante el Tribunal Electoral federal, en los que se dolieron de no poder votar. Acusaban omisión del INE pues, efectivamente, en esa situación no tienen suspendidos sus derechos político-electorales. Alegaban, además, correctamente, que su derecho a la presunción de inocencia no había sido controvertido ni restringido todavía por el ministerio público y menos por una autoridad judicial.
En febrero de 2019, el Tribunal les dio la razón. En su sentencia, declaró existente la omisión denunciada y ordenó al INE implementar una primera etapa de prueba para garantizar el voto activo de las y los presos sin sentencia. De manera paulatina y progresiva, el INE implementaría un programa a fin de garantizar el derecho a votar de estas personas. Además, que dicho programa sería desarrollado por la autoridad electoral federal en plenitud de atribuciones, con la finalidad que en 2024 las personas en prisión preventiva puedan ejercer su derecho al voto activo
Al parecer para hacer un llamado a la acción (que no ha acontecido) el Tribunal Electoral ordenó dar vista a ambas cámaras del Congreso de la Unión. Nuestro poder legislativo no ha emitido norma legal alguna en la materia.
Reconoció que el INE contaba (y cuenta) con los órganos capacitados y competentes para organizar los procesos electorales, así como el diseño de la captación del voto para casos extraordinarios. Y que dentro de los mecanismos para la implementación de esta modalidad de voto, el instituto podría valorar diversos sistemas conforme a los estudios y diagnósticos que realizara, entre los que podría considerar el voto por correo.
En acatamiento a la sentencia, el INE realizó en junio de 2021 esa primera prueba piloto del voto de las personas en prisión preventiva (VPPP) en el proceso electoral federal de ese año, en la cual se implementó la modalidad en 5 Centros Federales de Readaptación Social. Del mismo modo, en 2022 realizó ejercicios limitados de VPPP en Hidalgo y en 2023 en el Estado de México y en Coahuila en los respectivos procesos electorales locales.
Ya estamos en 2024, a 37 días de la elección. El INE cumplió: el VPPP se realizará en 215 centros de reclusión, la mayoría del orden estatal, distribuidos en 142 distritos electorales federales. La respectiva Lista Nominal incluye a 30,391 personas (27,843 hombres y 2,548 mujeres) que votarán presencialmente en boletas de papel en mamparas individuales en 158 casillas. Naturalmente, Estado de México y Jalisco cuentan con el mayor número de registros. En todos los centros, las y los reclusos podrán ver los debates presidenciales, pero no en vivo. Se registraron 3,335 personas como observadoras electorales. Le cuento más en entrega subsecuente.
@ElConsultor2