El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó este miércoles, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto de la reforma a la Ley Minera aprobada ayer en el Congreso de la Unión, la cual pretende proteger las reservas de litio en territorio mexicano.
El dictamen reforma los artículos 1; 9 en el párrafo primero; 10 en el párrafo primero; y se adicionó un artículo 5 Bis y un párrafo tercero en el artículo 10 de la Ley Minera.
Los nuevos cambios declaran al litio como un metal de utilidad pública. Por ello, no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos ni autorizaciones para su explotación.
“Se reconoce que el litio es patrimonio de la Nación y su exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento se reserva en favor del pueblo de México”, indica la reforma publicada en el DOF.
También se creará un organismo público descentralizado (artículo 10) encargado de la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio, el cual tendrá el apoyo del Servicio Geológico Mexicano.
Además, se establece que el Estado tiene el deber de proteger la salud de la población, al medio ambiente y los derechos de pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas, en relación a la explotación del litio y de sus cadenas de valor.
“En la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio y de sus cadenas de valor será deber del Estado mexicano proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas”, subraya el decreto.
A partir de este miércoles también entró en vigor la reforma a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que impide a los partidos políticos presentar algún recurso ante el Tribunal Electoral contra cualquier acto parlamentario de ambas Cámaras, así como contra la integración y las decisiones de sus órganos de dirección.
Imagen: Cuartoscuro