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CANDIDATURAS SIN PARTIDO EN LA CDMX

CANDIDATURAS SIN PARTIDO EN LA CDMX

Columnas lunes 19 de febrero de 2024 -

El derecho de solicitar el registro como persona candidata a los cargos de Jefatura de Gobierno, Diputaciones al Congreso, titulares de Alcaldías y Concejalías ante la autoridad electoral, corresponde a los partidos políticos, así como a la ciudadanía, siempre y cuando cumplan con los requisitos, condiciones y términos que establezca la Constitución Federal, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, la Constitución Local, el Código y demás normatividad aplicable.

En este último caso, las personas ciudadanas podrán participar para ser registradas a una candidatura sin partido a los cargos de Jefatura de Gobierno, Diputada o Diputado al Congreso Local, titulares de Alcaldías y Concejalías de las dieciséis Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México. La persona que solicite su registro a una candidatura sin partido deberá cumplir con los términos, plazos y condiciones de registro.

El proceso de selección de las candidaturas sin partido comprend las etapas siguientes: a) Convocatoria; b) Registro de aspirantes; c) Procedimiento para la obtención de las firmas ciudadanas para alcanzar el porcentaje de apoyo fijado para cada candidatura; d) Dictamen sobre el respaldo ciudadano requerido, y queda pendiente el e) Registro de la candidatura sin partido.

Para Jefatura de Gobierno tuvieron hasta el 28 de agosto de 2023 y para el resto de cargos hasta el 27 de octubre de 2023. Por lo que hace a la Jefatura de Gobierno 4 personas manifestaron su intención para contender por esta vía, y a las 4 se les otorgó el registro como aspirantes. De las 46 manifestaciones de intención que se tuvo para las Diputaciones de Mayoría relativa solo a 5 personas se les otorgó el registro. Y en cuanto a las Alcaldías, se recibieron 49 manifestaciones (3 de personas titulares de alcaldía, y 46 para concejalías) de las cuales 3 personas se les otorgó el registro.

Fue así que tuvieron hasta el 3 de enero de 2024, para realizar los actos tendentes a recabar el porcentaje de firmas de apoyo ciudadano requerido, por medios diversos a la radio y la televisión.

Se emitieron los respectivos Lineamientos para que la ciudadanía interesada que cumplaiera con los requisitos establecidos en la norma, participara en el procedimiento para la obtención de las firmas ciudadanas para alcanzar el porcentaje de apoyo determinado para cada candidatura sin partido, lo cual ocurrió durante las precampañas o procesos de selección interna de las candidaturas de los partidos políticos.

Finalmente, el Consejo General del IECM determinó que únicamente dos ciudadanos, cumplieron con el porcentaje de firmas de apoyo, así como con la distribución requerida legalmente para obtener su registro como personas candidatas sin partido a los cargos de titular de Alcaldía (Iztacalco) y Diputación al Congreso de la Ciudad de México (Dtto. 21), respectivamente, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.


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