El gran problema en una crisis política como la de Perú, donde el presidente depuesto hizo un desplante tan estúpido (ilegalidad e inmoralidad aparte, no lo pactó con nadie, no se asesoró con nadie, no tenía plan de contingencia ni ruta crítica), es que ni las previsiones constitucionales ni los procesos políticos de facto están preparadas para lidiar con ella, y es especialmente complicado decir que se está en el bando de proteger el orden constitucional cuando la propia presidenta por ministerio de ley ya propuso una vía no prevista para salir de ella.
Era de esperarse que hubiera algunos brotes violentos entre personas afines a Castillo o hasta contratadas, porque cuando hay un presidente también hay grupos e individuos que se han beneficiado de su gestión, y cuyos intereses o ilegalidades pueden ser exhibidos una vez depuesto dicho presidente. Y sorprendería los pocos recursos con los que se puede desestabilizar un pueblo, tomar una carretera o incendiar una oficina pública. Sin embargo, la presidenta en funciones, que lo es por ministerio de la Constitución, decide mandar un mensaje público diciendo que, aunque de acuerdo con la Constitución (que dice estar defendiendo, por eso depusieron a Castillo) ella tendría que convocar a elecciones en 2026, pero ahora “buscará un arreglo” para hacerlo en 2024. Es decir, hace un uso selectivo del excepcionalismo para violar la Constitución porque ya se le pusieron difíciles las cosas.
No es así como funciona la defensa del Estado de Derecho. Para acabar pronto: actuaron decididamente para deponer de acuerdo con la Constitución a un presidente sedicioso, pero ignorarán la constitución para que se calmen las protestas porque no van a aguantar la encomienda constitucional de gobernar el resto del período. Eso sucede cuando la legalidad y la legitimidad, de plano, van por caminos completamente separados. Por eso no se puede ignorar ni una ni la otra. Su relación puede ser conflictiva, pero de ninguna manera puede ser de separación total.
En honor a la verdad, esta es la razón por la cual los constitucionalistas que son abogados ortodoxos no sirven para los tiempos críticos, sólo para los tiempos de normalidad; porque los primeros hacen patente la naturaleza de texto político fundamental, y no de norma jurídica, de la Constitución.
Con lo mucho que eso les molesta a los amparistas, una situación que sea verdaderamente de Estado nunca encuentra vías de escape procedimentales y regladas previamente, porque entonces dejaría de serlo. Las deficiencias institucionales de Perú no terminan ahí, porque resulta que a la Fiscal ya se le va a vencer el término para tener en arresto preliminar a Castillo, y va a “pedir una extensión”. ¿A quién? ¿Con qué fundamento? ¿Admite recurso la moción parlamentaria que le acaba de quitar, apenas hoy lunes, la inmunidad penal a Castillo? Mientras tanto, la aparente mayoría que había el día del autogolpe fracasado, parece haber desaparecido en las calles y en la cámara legislativa.
El miércoles pasado, 101 diputados de 130 aprobaron la vacancia presidencial. Hoy, 67 apenas aprobaron lo que en ellos equivale a la declaración de procedencia. Las imágenes de las protestas son ilustrativas porque se pide “el cierre del Congreso”, como si no fuera el órgano representativo por excelencia, pues en él confluyen todas las fuerzas políticas y no sólo la mayoritaria. No es como pedir la renuncia de un político, o la abolición de una institución administrativa. Es, literalmente, pedir la abolición de la única institución que es estrictamente necesaria para decir que un régimen es una democracia representativa. Y si el nivel de los congresistas es deleznable, eso habla mucho de la sociedad de donde salen, no de la existencia de un congreso. Nadie entiende nada en esta época.