El Congreso de Aguascalientes deberá quitar del Código Penal todos los artículos qué castigan a las mujeres que abortan, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El máximo tribunal dijo que son inconstitucionales tres artículos del Código Penal para el Estado de Aguascalientes que castigan a las mujeres que interrumpen sus embarazos.
Ahora, las autoridades de la entidad están impedidas a continuar aplicando dichos preceptos y el Congreso local los tendrá que derogar.
Los ministros avalaron el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien propuso otorgar un amparo a diversas organizaciones que impugnaron las medidas que impiden a las mujeres abortar.
Del año 2015 a junio del presente año, se han registrado 73 carpetas de investigación por el delito de aborto en Aguascalientes.
“En otras palabras, 73 personas han sido o están siendo procesadas por la aplicación de los artículos declarados inconstitucionales en la presente ejecutoria. Por ello, esta Primera Sala no puede ser indiferente a la situación en la que las mujeres y personas gestantes de Aguascalientes están y han sido sometidas de manera injusta”, señaló el proyecto aprobado.
También señaló que es imperativo que los tribunales constitucionales rompan el círculo de discriminación y se tomen las medidas necesarias para reparar los daños ocasionados que la sociedad y el propio sistema de justicia les pudieran ocasionar o hayan ocasionado, procurando que no se perpetúen las causas que originaron tales daños.