La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó avocarse al conocimiento de un recurso de revisión, a propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, para determinar si se actualiza o no la responsabilidad patrimonial del Estado Mexicano a favor de una mujer que le fue aplicado un método anticonceptivo definitivo.
En este caso, a la quejosa le fue practicada en un hospital del ISSSTE una cesárea con motivo de su segundo embarazo; sin embargo, una vez que dio a luz, se realizó un procedimiento anticonceptivo permanente, sin que ella fuera debidamente informada, y que aceptó a pesar de encontrarse en una situación de gran presión emocional.
Con base en la propuesta de la ministra Esquivel Mossa, la Segunda Sala podrá fijar aplicando el nuevo Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, diversos parámetros que permitirán evaluar si la actividad estatal médica afectó de algún modo la integridad física y psicológica de la mujer o su derecho a la planeación familiar, e incluso, si el personal médico trasgredió sus derechos sexuales y reproductivos.
Finalmente, la resolución destaca que este tipo de asuntos permiten tener presente el contexto social, cultural y económico de las personas para hacer realidad el derecho a la igualdad que se establece en la Constitución Federal, y con ello garantizar los derechos de la mujer al acceso a la justicia, y a una vida libre de violencia y discriminación.
Imagen: Cuartoscuro