El Congreso del Estado de México aprobó las reformas al Código Civil mexiquense que facilitan la rectificación del acta de nacimiento, para que corresponda con la identidad de género de las personas. El decreto fue aprobado con 60 votos a favor, uno en contra y ocho abstenciones.
Este trámite se podrá realizar ante el Oficial del Registro Civil, previa anotación correspondiente.
Las personas trans podrán tener un acta de nacimiento que refleje su género, siempre y cuando sea mayor de edad y no esté sujeta a un proceso judicial que afecte derechos de terceros.
Las y los interesados deberán presentarse ante el Registro Civil y manifestar su nombre completo, señalar los datos registrales asentados en el acta primigenia, proporcionar el nuevo nombre que solicita sin apellidos, señalar el género solicitado y señalar bajo protesta que lo hace de forma personal y voluntaria.
Imagen: Cuartoscuro