Columnas
Manuel Cifuentes Vargas
De la última oleada de órganos constitucionales autónomos que vieron la luz con la democracia en progresión, a varios de ellos los eliminan de un plumazo del espectro que se venía conformando de un cuarto poder público en el fértil terrenode la democracia en crecimiento. Los mandan al cementerio de instituciones públicas que incomodan al Poder. El ascenso del cuarto poder democrático estorba. Es más, ya ni siquiera se quiere la existencia de los tres poderes político-constitucionales históricos, pues ahora solo se quieren dos, y si me apuran, solo uno.
Con este primer paso, que le han dado en llamar de “simplificación orgánica”, y quién sabe a cuantos organismos más “ya traigan entre ceja y ceja”, como pregona el dicho popular, tiraron al basurero al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI); a la Comisión Federal de Competencia (COFECE); al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT); a la Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) y a la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (MEJOREDU), sin el mayor análisis detenido que obligaba a cada uno de ellos en lo individual sobre su razón, presencia, función, operación, desarrollo y resultados que han tenido en el sector al que pertenecían en el tinglado público.
No se discute que en el diagnostico pensado serenamente que se hubiera hecho sobre cada una de estas organizaciones en lo particular, probablemente hubieran aparecido fortalezas y debilidades en algunos de ellos; y si la dirección hubiera apuntado hacia una mayor fortaleza, en todo caso, hubiera sido mejor aplicar una política de mejora continua, y no su desaparición, como reza el refrán popular, de “golpe y porrazo” de todas estas organizaciones al mismo tiempo y metiéndolas a todas juntas en un mismo féretro.
Lo cierto es que en los últimos tiempos ha habido una constante amenaza contra los órganos constitucionales autónomos. En particular a los que más se les tenía en la mira por incomodos era al INE y al INAI, que por su naturaleza, perfil y funciones son los que tienen que ver con la política y, por lo mismo, porque impactan directa y fuertemente en cualquier gobierno que no tenga una auténticavocación democrático, ética, de transparencia y de rendición de cuentas fidedignas. Son órganos intermedios creados no para estar con o cerca del gobierno, o para congraciarse con él, sino para servir a los ciudadanos en un entorno de avances democráticos. Esa es y era su naturaleza en el caso de estos dos institutos. Por lo menos hasta el momento el INE ya la libró, ya se salvó y sobrevive, aunque terminó siendo domesticado.
Se estaba creando un poder técnico altamente especializado en diversos renglones, distinto a los poderes políticos tradicionales, pero paralelo a dichos poderes y que venía jugando un importante papel en los pesos y contrapesos dentro del poder público. Un cuarto poder experto, profesional, calificado, experimentado y muy especializado en la materia para la que han sido instaurados los que subsisten y para la que fueron fundados los que ya fueron suprimidos.
Conviene apunta, solo como un dato al margen, que si bien es cierto que a este tipo de órganos la Constitución no les da el adjetivo expreso de constitucionales, no por esto no lo son, pues por el simple hecho de ser establecidos por ella, lo son, así como todo lo que de ella emana. Y esto es normal, ya que al emerger directamente de la Ley de Leyes, automáticamente adquieren este carácter; es decir, que son “constitucionales”. No porque la Constitución no los denomine “constitucionales”, dejan de tener esta categoría.
La Ley Fundamental solo se concreta a señalar los atributos de los que gozan estos entes. El término de “constitucionales” así como sus respectivas siglas, es más bien un componente en la construcción de la narrativa político-jurídica para hacer referencia a estos órganos, al igual que el acrónimo de “OCAS” que se les ha asignado en esta misma línea discursiva, para referirse a todos ellos en su conjunto. Y está bien el calificativo fijado para dar a entender que nacen directamente de la Constitución, y no de ningún otro ordenamiento legal de menor nivel.
Son órganos técnicos instituidos para buscar una mayor eficiencia y eficacia en el ramo para el que fueron constituidos; no para agradar al gobierno, sino para procurar mejores resultados en los órdenes político, económico, social y cultural para el que fueron destinados. Aunque el INE tiene y el INAI tenía un perfil político, todos son órganos fundamentalmente técnicos especializados y experimentados en su correspondiente materia y, por lo tanto, distintos de los poderes políticos.
Desde un ángulo constitucional son iguales. Son pares. Son hermanos. Son hijos del mismo órgano, aunque con roles diferentes. Solo que unos fueron engendrados por el Poder Constituyente Originario al ser manufacturada la Constitución, y otros, son producto de la simiente del Poder Constituyente Permanente, al ser sembrados en la Constitución. Como se podrá ver, los dos nacieron de la Constitución, por lo que tienen el mismo rango constitucional, al tener la misma naturaleza y estatura constitucional. Y con esto, ambos son parte del mundo de los poderes constituidos.
Podrán tener o no el mismo tamaño; pero estamos hablando de pares, porque todos han sido estatuidos en la Constitución; esto es, han sido creación del constituyente plasmándolos en la Carta Suprema. Todos los órganos constitucionales autónomos juntos venían haciendo un cuarto poder en crecimiento y fuerte, que ya podía ser equiparable en tamaño a los otros poderes, aunque cada uno con sus respectivas funciones, de acuerdo con su propia naturaleza funcional dentro del Estado Mexicano. Y esto seguramente era lo que no le gustaba y preocupaba al poder político al ver disminuir su magnificencia. Por eso, en el caso del INAI lo dejaron en el letargo; moribundo, con el propósito de desarreglarlo y semiparalizarlo en su operación, no obstante las excitativasjudiciales que se emitieron.
Por los que aún quedan y a fin de no dejarlos a la suerte de los ánimos encendidos que se despiertan y surgen en momento políticos borrascosos, para de esta manera transitar por el camino de la estabilidad, normalidad y la certidumbre político jurídica, ya que a veces entre los poderes Legislativo y Ejecutivo, ponen de rodillas a los OCAS, como sucedió con el INAI al dejarlo inoperante por la falta de nombramiento de comisionados, se justifica hacer una reforma constitucional, para que si por negligencia, desacuerdos en y/o entre estos poderes por razones políticas o por falta de voluntad política no atienden la designación de los integrantes de los órganos generales de estas instituciones, entonces quede como última instancia constitucional que el pleno de los consejos generales de estos órganos, nombren al o a los miembros faltantes, llámense comisionados, consejeros o como se les denomine jurídicamente en dichos institutos, a fin de que no se vean perturbados en su funcionamiento.
La reforma constitucional que extinguió a estos órganos constitucionales autónomos fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de diciembre del año 2024, en una edición vespertina como ya es costumbre en estos tiempos tratándose de reformas constitucionales, así como de las leyes o modificaciones que de éstas se requieren. También valga anotar que, tal y como igualmente se ha hecho con las últimas, ponerles títulos políticos en estos nuevos tiempos, a esta reforma constitucional se le denominó “de simplificación orgánica”,queriendo esconder con estos fraseos no usuales, el verdadero objeto de lasreforma constitucional, por no quererles llamar a las cosas por su nombre, ya que realmente de lo que se trató en este caso, fue la eliminación de varias instituciones constitucionales autónomas, porque hoy ya no les son afines ni les acomodan.
Cerramos este réquiem sobre los órganos constitucionales autónomos, diciendo que el otrora pujante cuarto poder se debilita con los últimos gobiernos, al echarlos al cesto de la basura como desechos institucionales, con la reforma constitucional que los extingue. Ahí, en el panteón de instituciones que se instituyó en este tiempo, reposan sus restos y recuerdo.