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El derecho a vivir libre de tortura o malos tratos

El derecho a vivir libre de tortura o malos tratos

Columnas miércoles 16 de febrero de 2022 -

La tortura, los tratos crueles, inhumanos y degradantes se encuentran universalmente proscritos a través de la ratificación casi universal de los diversos instrumentos internacionales que la prohíben. México ha contraído obligaciones en la Convención contra la Tortura y su protocolo facultativo.

A partir de esta idea, se observa la relevancia de vivir libre de tortura, en un sin número de contextos, además de las acciones de agentes encargados de hacer cumplir la ley.

Pero, ¿cómo se relaciona el marco jurídico con la creación de indicadores del derecho a ser libre de tortura? Uno de ellos es “una versión destilada de un concepto”; “tortura” o “tratos crueles, inhumanos o degradantes”, pasan por un proceso de simplificación para llegar a una serie de indicadores.

Además, la inercia estadística impone que los indicadores tenderán a construirse con la información existente, en virtud del costo y dificultad de crear nueva información ad hoc. Las decisiones que median entre el fenómeno y la construcción de un indicador, pasan también por el objetivo explícito de crear conocimiento científico.
De esta forma, la Convención Interamericana especifica que la tortura psicológica “consiste en el uso de métodos sobre una persona tendentes a anular la personalidad de la víctima o a reducir sus capacidades físicas o mentales; en todos estos casos generan en la víctima rastros, que de no tratarse, estarán presentes en todo su vida futura.

Así, el Estado mexicano, ha recibido diversos llamados sobre malos tratos y tortura que consistieron en: golpes con la mano abierta, golpes y golpizas con los puños, rodillazos o puntapiés, así como golpes con armas de fuego.

En casos de personas privadas de la libertad, las víctimas refieren haber sido inmovilizadas o esposadas; uso prolongado de las esposas en diversas posiciones; amenazas; torsiones de extremidades superiores; o privación de agua y comida. Por mencionar algunos “malos tratos o tratos degradantes”.

De esta forma, una muy buena parte de los agentes estatales —como no estatales— cometen violencia sexual en situaciones de conflicto armados; por ejemplo el caso de Atenco, en el estado de México.
La tortura puede producirse sin que el Estado haya participado y sin que haya dejado de ejercer su diligencia debida, “el rasgo característico del delito se encuentra en la naturaleza del acto cometido y no tanto en la condición de la persona que lo comete”.

Por eso, todo lo anterior nos lleva a una reflexión de carácter social, ¿qué personaje certifica, que víctima fue sometida, o no, a tratos degradantes o a la tortura, simplemente para “sacarle” una confesión a modo? Por lo menos en México existirán unas diez personas.

Esta idea pone en el centro del huracán el grave problema que se vive ante este fenómeno delictivo, porque los agresores, en su mayoría funcionarios públicos, saben de ante mano que no serán requeridos por una acción ilícita de tortura.
Punto Cero

Douglas Wallace, manager general de Pure Storage, firma dedicada a la protección de datos, explicó que el ransomware ciberataque -en el cual delincuentes roban información- es un paquete cibernético para pedir dinero a cambio de liberar los datos; acto delincuencial que se ha sofisticado en meses recientes e incluso ya se hace presente en los teléfonos celulares en México.

*Periodista | @JoseVictor_Rdz


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/CR

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