Con frecuencia podemos ver en los medios de comunicación y en columnas de la más diversa orientación editorial, ruidosas descalificaciones al trabajo del INE por alguna sentencia, en especial del Tribunal Electoral, que revoca o modifica decisiones institucionales.
A la vista de los “reveses” que la justicia electoral federal “le propina” al INE, con gran injusticia y poca información se le reclama a éste su falta de seriedad jurídica y/o exhaustividad argumentativa.
Los señalamientos siempre son desinformados y con pretensiones de generalización, pues deliberadamente omiten una revisión seria e integral del asunto, cuyos componentes son complejos y demandan mayor estudio y mejor análisis.
Según información oficial, los acuerdos y resoluciones quedan firmes en su gran mayoría, ya sea porque no son impugnados o porque, siéndolo, la sentencia confirma en sus términos el acto original del INE. Es decir, en casi todos los casos de controversia judicial el Tribunal Electoral le da la razón al instituto.
Veamos datos duros. El 2021 fue un año en el que el INE organizó la elección más grande de la historia, con cerca de 21mil candidaturas, alrededor de 165mil casillas, una lista nominal de casi 94 millones de personas electoras, la participación ciudadana más alta de los últimos 20 años para una elección intermedia y una consulta popular nacional casi inmediatamente después con 62mil casillas. En ese año, el Instituto aprobó un total de 1,634 acuerdos y resoluciones.
De ese total, 1,251 (77%) fueron consentidos sin reproche alguno por los distintos actores políticos y por la ciudadanía, confiando en lo decidido por el Consejo General y acatándolo a cabalidad. Los restantes 383 (23%) fueron controvertidos por una o varias personas, lo que generó 1,301 impugnaciones.
De ellas, el Tribunal resolvió 961 (73.87%) a favor del INE, ya sea porque confirmó el acto reclamado, declaró infundada o improcedente la impugnación, la desechó por carecer de méritos o elementos suficientes; o de plano dictó sobreseimiento, que es una improcedencia especial. En el restante 25.29%, es decir 329 quejas, modificó o revocó la determinación original del Instituto. La diferencia porcentual es debida a asuntos aún en trámite.
Enumerado de otra manera: de los 383 acuerdos y resoluciones impugnados, se confirmaron 251 (66%); 124 (32%) se modificaron y/o revocaron; y 8 (2%) siguen en instrucción.
A partir de estos datos se puede concluir válidamente que de los 1,634 acuerdos y resoluciones aprobados por el INE durante 2021, solamente el 7.59% se modificó y/o revocó, mientras que el 91.92% se confirmó y quedó definitivo. Esa es muy buena calificación. Ese alto índice de efectividad procesal refleja en realidad la calidad, oportunidad y suficiencia operacional, profesional, normativa y argumentativa del INE. Y eso hay que apreciarlo también en su dimensión política, que no es menor en estos tiempos de borrasca e intemperancia.
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