No debemos pensar que las recientes demandas del Frente Nacional Feminista Ni una Menos y del creciente número de víctimas de diversas violaciones a derechos humanos y delitos, se pueda atribuir únicamente al mal actuar de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH); sin embargo, esta coyuntura nos lleva a preguntarnos si la CNDH ha cumplido con su función protectora y garante de derechos humanos en México.
El Estado, a través de sus tres poderes y organismos constitucionales autónomos, tiene encomendadas múltiples tareas en la materia —muchas de ellas complementarias—, y todas pendientes por cumplir. No podemos negar que el aumento del catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa en el artículo 19 constitucional sea un retroceso en materia de derechos humanos imputable al poder legislativo. Tampoco podemos ignorar que el poder judicial se ha encontrado envuelto en escándalos de corrupción, como el famoso acuerdo entre un secretario de juzgado para dejar en libertad al “Mochomo”. Igualmente, organismos del poder ejecutivo encargados de tareas de derechos humanos han sufrido reducción de presupuesto, ámbito competencial y campañas de deslegitimación por el propio presidente. Menos aún podemos pasar por alto que, según datos oficiales, nos encontramos viviendo el año más violento del país, con un aumento sumamente preocupante de feminicidios.
La indignación y reclamo de las personas que se encuentran en las instalaciones de la CNDH, son el resultado de un Estado que no cuenta con una perspectiva sustantiva de derechos humanos en general. Sin embargo, el desempeño de su ente encargado del sistema no jurisdiccional de protección a derechos humanos preocupa particularmente. Tal sistema, en naturaleza, objetivo y alcance, es ampliamente distinto al sistema jurisdiccional. Es por ello que aseverar, sin mayor evidencia, que dicho reclamo se debe canalizar a otras instituciones en razón de que el ombudsperson adolece de grandes vicios de diseño institucional pero no de compromiso, carece de sustento.
La CNDH, además del conocido procedimiento de queja, cuenta con facultades y labores igualmente relevantes. Se le ha encomendado el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, que tiene su origen en una obligación internacional para supervisar que se respeten los derechos humanos de las personas privadas de su libertad. Sin embargo, éste no ha emitido recomendación alguna desde el 2017. Por otra parte, en el año 2020 solamente se cuenta con una recomendación general sobre la situación de los derechos humanos de las personas con VIH y Sida en México, 5 recomendaciones por violaciones graves de derechos humanos y dos informes especiales. Su normatividad sigue siendo los misma que en administraciones pasadas, pero si las comparamos bajo criterios de desempeño, veremos una enorme diferencia. El principal obstáculo que impide a la CNDH hacer su labor, es, claramente, su titular.