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La justicia administrativa en la CDMX

La justicia administrativa en la CDMX

Columnas viernes 15 de marzo de 2024 -

De acuerdo con la doctora Lucinda Villarreal Corrales (La justicia administrativa, el procedimiento administrativo y la responsabilidad patrimonial del estado), el Estado de derecho implica la existencia de órganos de control. La justicia administrativa pretende hacer efectiva la sujeción de la administración al principio de legalidad. En el Estado de derecho la administración pública está sometida a la justicia administrativa, que vela por el cumplimiento de la legalidad y su valor esencial es la seguridad jurídica de los ciudadanos”.

Para tal efecto, en la Ciudad de México contamos con el Tribunal de Justicia Administrativa, el cual es un órgano que forma parte del sistema de impartición de justicia, dotado de plena autonomía jurisdiccional, administrativa y presupuestaria para el dictado de sus fallos y para el establecimiento de su organización, funcionamiento, procedimientos y, en su caso, recursos contra sus resoluciones, el cual forma parte del Sistema Local Anticorrupción.

En términos generales, el Tribunal se encarga de dirimir las controversias que se suscitan entre la administración pública capitalina, las alcaldías y los particulares; de imponer las sanciones a las personas servidoras públicas locales y de las alcaldías por responsabilidades administrativas graves, así como a los particulares que incurren en actos vinculados con faltas administrativas graves.

De igual manera, finca a las personas responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que derivan de los daños y perjuicios que afecten a la hacienda pública de la Ciudad o de las alcaldías, o al patrimonio de los entes públicos de dichos ámbitos de gobierno; y conoce y resuelve sobre las faltas administrativas graves cometidas por personas servidoras públicas de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, de las alcaldías y de los organismos autónomos.

De conformidad con su Ley Orgánica, el Tribunal se integra por los órganos colegiados siguientes: una Sala Superior; una Junta de Gobierno y Administración; y seis Salas Ordinarias.

La Sala Superior se integra por diez personas Magistradas, de las cuales una preside el Tribunal. Las nueve Magistraturas restantes ejercen funciones jurisdiccionales y sólo tres de estas conforman, además, la Sección Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas. La Sala Superior funciona en Pleno General, en Pleno Jurisdiccional y en una Sección Especializada. El Pleno General se conforma por todas las Magistraturas de la Sala Superior.

La Sección Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas se compone por Magistraturas de la Sala Superior, quienes integran el Pleno General y Jurisdiccional.

Las seis Salas Ordinarias se integran por tres Magistraturas cada una. Cinco de dichas Salas tienen únicamente facultades jurisdiccionales y una tiene además facultades en materia de responsabilidad de las personas servidoras públicas. Las cinco Salas Jurisdiccionales están integradas por tres Magistraturas cada una.

La Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración se conforma por tres Magistraturas.

Las Magistraturas de la Sala Superior y Ordinarias son designadas por la Jefatura de Gobierno y ratificadas por el Congreso de la Ciudad; las primeras duran en su encargo quince años improrrogables, y las segundas diez años, salvo que sean expresamente ratificadas al concluir ese periodo, caso en el cual pueden durar un periodo más.

Sin duda, este Tribunal es uno de los órganos de justicia más importantes de nuestra ciudad capital para evitar los abusos de las autoridades administrativas y ponerles limites en su actuación, por lo cual les invito a darle seguimiento a sus sentencias.

Por cierto, desde este espacio, mi reconocimiento al Congreso de la Ciudad de México porque recientemente aprobó la designación del licenciado Marcos Alejandro Gil González, como magistrado en la Quinta Sala Ordinaria Ponencia Trece del Tribunal de Justicia Administrativa, por un periodo de diez años; sin duda, la Ciudad salió ganando con la adquisición de un excelente juzgador que cuenta con una gran trayectoria en la materia. Enhorabuena.

Plancha de quite: Si la justicia existe, tiene que ser para todos; nadie puede quedar excluido, de lo contrario ya no sería justicia”. Paul Auster.


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/CR

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