Por Alejandro Torres Rogelio
El jueves 13 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación la que será una de las reformas más relevantes a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) por el impacto que tendrá en el saneamiento de la justicia mexicana y su acreditación ante la sociedad.
Gracias a esta reforma todas las sentencias de jueces y magistrados deberán publicarse en versión pública (sin revelar los datos personales de los involucrados), lo que permitirá un mayor escrutinio del desempeño de los Poderes Judiciales federal y locales.
El efecto es expansivo porque a los juzgadores comprometidos con su labor jurisdiccional los acreditará frente a una sociedad que desconfía de los funcionarios judiciales sin distinción, al mismo tiempo que sacará a la luz a quienes incumplen con su obligación de impartir justicia con imparcialidad y profesionalismo.
Esta reforma es un nuevo triunfo de las organizaciones de la sociedad civil encabezadas por “Equis, justicia para la mujeres”, quienes desde hace dos años emprendieron una estrategia que abarcó tres ejes: difusión en medios de comunicación, de litigio a nivel nacional e internacional y de convencimiento y sensibilización con legisladores locales y federales.
La iniciativa ciudadana partió de la necesidad e interés de “Equis, justicia para las mujeres” de conocer si las sentencias tenían o no perspectiva de género, respetaban los derechos de las mujeres o en su caso detectar los elementos que violentaban sus garantías en mayor grado.
Esta tarea de escrutinio se vio obstaculizada por la opacidad de los Poderes Judiciales al negarles acceso a la totalidad de sus sentencias, pues tanto la LGTAIP como las leyes locales de transparencia solo obligaban a publicar en versiones públicas aquellas que fueran “de interés público”.
El concepto de “interés público” fue el pretexto idóneo para que los Poderes Judiciales negaran la publicidad de sus sentencias, ya que podían determinar que ninguna o solo algunas cumplían esa condición. La ley permitió una transparencia de la labor judicial a modo, lejana a lo que debe entenderse como justicia abierta.
Ante ello diversas organizaciones civiles aglutinadas en el colectivo “#LoJustoEsQueSepas” propusieron a los legisladores reformar la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, mientras a nivel estatal acompañaron diversas iniciativas para modificar leyes locales.
Su estrategia fue correcta porque al impulsar el cambio en la Ley General los congresos estatales tendrían que cambiar las leyes locales de transparencia para que todas estuvieran armonizadas jurídicamente. Y eso es lo que ocurrirá, un efecto de reformas en cascada a las leyes que todavía no obligan a publicar todas las sentencias de los Poderes Judiciales.
En octubre de 2019, el Senado aprobó la reforma a la LGTAIP que se basó en la propuesta de las organizaciones de la sociedad civil. El 29 de julio pasado, la Cámara de Diputados aprobó también la reforma y el 13 de agosto se publicó en el Diario Oficial.
Ahora transcurre el plazo de 180 días que establece la reforma para que los Poderes Judiciales federal y estatales inicien la publicación de las versiones públicas del texto íntegro de todas las sentencias que emitan.
A su vez, los congresos estatales deberán reformar a más tardar en 180 días las leyes de transparencia y así se establezca la misma obligación a sus respectivos Poderes Judiciales locales. Esta reforma es un avance importante para alcanzar la justicia abierta.
(*) Especialista en transparencia y protección de datos.
@torresalex