En pleno proceso pre-parlamentario de nuestra enésima reforma electoral, circulan dos textos recientes que desde ópticas distintas abordan el mismo asunto: la normativa constitucional, legal, jurisprudencial y convencional de la sobrerrepresentación en la asignación de asientos de representación proporcional.
El primero es “Entre la Constitución y la campaña mediática. Asignación de diputaciones en México en 2024 y sentencia SUP-REC-3505/2024”, que proporciona una visión general y un análisis detallado de la sentencia referida del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), relativa a la asignación referida tras la elección de 2024.
Los textos exploran los fundamentos jurídicos e históricos de la decisión del TEPJF de verificar los límites de sobrerrepresentación por partido político y no por coalición, a pesar de que la alianza "Sigamos haciendo historia" obtuviera una mayoría calificada.
La discusión se centra en la interpretación del artículo 54 constitucional, la coherencia con los precedentes históricos desde 2009, y el carácter de nuestro sistema electoral mixto con preponderante mayoritario.
La obra incluye diversas perspectivas, con autoras y autores que defienden la congruencia del TEPJF con la ley electoral y críticas y críticos que señalan que la decisión legal, aunque predecible, resultó en una distorsión de la voluntad popular.
Finalmente, se presentan tablas con el cálculo de la asignación de curules y se examinan las complejidades de la interpretación jurídica en el contexto de la conformación del poder legislativo mexicano.
El segundo es “La inconstitucionalidad de la sobrerrepresentación excesiva en el Congreso de la Unión, que es también una obra colectiva que aborda la sustentabilidad y razonabilidad jurídica de las resoluciones del INE y del TEPJF que, al asignar curules de RP en 2024, generaron una sobrerrepresentación que permitió a la coalición oficialista alcanzar la mayoría calificada en la Cámara de Diputaciones y el Senado.
Las y los autores, un grupo de expertas y expertos electorales, critican que estas resoluciones resultaron en una sobrerrepresentación excesiva para la coalición gobernante "Sigamos Haciendo Historia," permitiéndole alcanzar una mayoría calificada que, según argumentan, contraviene la Constitución y los principios de proporcionalidad y resulta inconvencional.
Las colaboraciones analizan lo que llaman erosión de la autonomía de las autoridades electorales, las violaciones a la normativa electoral (como el adelanto de precampañas) y el riesgo de una regresión autoritaria hacia un sistema de partido hegemónico.
Las y los expertos enfatizan que la interpretación literal del Artículo 54 constitucional por parte del INE y el TEPJF, al no aplicar los límites de sobrerrepresentación a las coaliciones en su conjunto, sino por partido, socavó el espíritu de pluralidad y consenso que sustentó la reforma electoral de 1996.
Una primera lección de ambas lecturas sería que la sobrerrepresentación no debería existir, o que, existiendo, debería ser de solo 4% con claridad meridiana sobre su aplicabilidad a partidos y coaliciones. Esperemos…
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