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MÉXICO ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (II)

MÉXICO ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (II)

Columnas jueves 28 de agosto de 2025 -

Como mencioné el martes, hay otros dos casos importantes de México ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos de los que quiero hablar.

El primero es el “Caso Castañeda Gutman Vs. México”, el cual se suscitó con motivo de las elecciones presidenciales de 2006. Como antecedentes tenemos que, en 2004, Jorge Castañeda Gutman presentó una solicitud de registro ante el entonces Instituto Federal Electoral (IFE) como candidato presidencial independiente; sin embargo, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del instituto se la negó argumentando que sólo los partidos políticos podían postular candidaturas.

Castañeda buscó el amparo y protección de justicia federal, es decir, ampararse, pero el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa del entonces DF y posteriormente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declararon improcedente la demanda.

Castañeda presentó denuncia ante la Comisión Interamericana, que eventualmente fue turnada a la Corte Interamericana, misma que resolvió que se habían violado sus derechos políticos a ser elegido, consagrados en la Convención Americana.

Finalmente, “Radilla Pacheco Vs. México”. Rosendo Radilla era un activista guerrerense, víctima de desaparición forzada en 1974. Después de años padeciendo las deficiencias de las instancias nacionales, sus familiares presentaron una denuncia ante la Comisión.

De inicio, la Comisión emitió una serie de recomendaciones que, como suele ocurrir, fueron incumplidas, por lo que el caso fue turnado a la Corte Interamericana.

La sentencia del 2009 estableció que el Estado mexicano había violado numerosos derechos de Radilla como el de la vida, libertad personal, reconocimiento de la personalidad jurídica, entre otros. Además, se obligó a que se siguiera con la investigación para dar con los responsables de la desaparición, compatibilizar el Código de Justicia Militar con el Código Penal Federal e indemnizar a las personas afectadas por el caso.

Todos los casos anteriores los discuto a profundidad en un capítulo que escribí para el libro “Problemas, perspectivas y desafíos jurídicos actuales del Derecho Internacional”, que se presenta mañana viernes 29 de agosto. Agradezco a la Doctora Lourdes Marleck Ríos Nava por la invitación para formar parte de ese proyecto, a mi Facultad de Derecho de la UNAM y a mi familia por siempre apoyarme.

Cierro con una reflexión final. Si bien hablé de sólo cuatro casos, lamentablemente México ha sido sentenciado en numerosas ocasiones por hacer caso omiso a las recomendaciones de la Comisión o por haber incumplido convenciones internacionales. Nuestro país tiene una enorme deuda con las víctimas de violaciones de derechos humanos (y/o con sus deudos). El Estado no ha podido proteger a los mexicanos como debería, los casos de los que hablé son sólo una pequeña muestra de ello.

X: @UrieelGonz
IG: _urielem_


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/CR

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