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Nuestros datos, más allá de la vida

Nuestros datos, más allá de la vida

Columnas jueves 22 de septiembre de 2022 -

Mucho se ha dicho que la época en la que vivimos es la era de la información, sobre todo de la información personal que se ha convertido en un activo en el mercado, pero ¿se han preguntado qué ocurre con nuestra información cuando fallecemos? ¿Quién se convierte en su titular?

Esta semana quise retomar el tema, a propósito de un recurso que recientemente presenté ante el Pleno del INFOCDMX sobre una solicitud de derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales) en la que la madre de un servidor público fallecido pidió ante la institución pública correspondiente, el acceso a los antecedentes laborales de su hijo. Ante la negativa al acceso, la madre se inconformó ante el INFO y resolvimos requerir a la institución darle el trámite correspondiente a la solicitud.

Este caso es un ejemplo de que existe la posibilidad de acceder a los datos de nuestros seres queridos fallecidos, cuando acreditemos interés jurídico o legítimo, es decir, que tengamos algún derecho sobre los datos debido a la relación específica que nos unía con la persona fallecida.
Además, el caso aclara la importancia que tiene la profesionalización, no solo de las unidades de transparencia, sino de todas las unidades administrativas que forman parte de las instituciones públicas, para que garanticen el debido ejercicio de los derechos humanos, dentro de los cuales los derechos ARCO nos permiten ejercer la protección de nuestros datos personales.

Si los servidores públicos no tienen conocimiento adecuado sobre cómo identificar, qué hacer y cómo atender este tipo de solicitudes, se continuarán vulnerando a los familiares de los finados.

Pero el reto no solo se encuentra en el sector público, de hecho a diferencia del sector privado, para las instituciones públicas las normas aplicables al menos prevén el ejercicio póstumo de los derechos ARCO, situación que la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares no considera y que, por cierto, no ha sido actualizada desde hace más de una década a partir de su entrada en vigor.

Y es que, los trámites que debemos hacer posterior a la partida de un familiar cercano no solo implica a las instituciones públicas, por ejemplo, muchas veces los seguros, servicios funerarios, testamentos, trámites bancarios, acceso a afores, pensiones y demás trámites se deben realizar ante instituciones privadas.

El caso que les comparto ilustra un mecanismo importante para nuestra salvaguarda jurídica posterior a la pérdida de un familiar. Seguramente muchos nos hemos encontrado ante una situación de esta naturaleza, que de por sí ya es difícil, se complica aún más con requisitos engorrosos que entorpecen o imposibilitan los trámites a los que tenemos que hacer frente.

Además nos invita a reflexionar sobre la trascendencia de nuestros datos más allá de la vida, pues aunque ya no nos encontremos aquí, éstos permanecen relacionados con nuestra persona y pueden ser incluso sujeto de derechos ARCO, como pudimos advertir.

Por ello, aunque sea difícil, creo que lo mejor que podemos hacer en vida es expresar fehacientemente quién podrá disponer de nuestros datos una vez que dejemos el plano terrenal, tal como lo establecen las normas de protección de datos personales para el sector público; de hecho, en la Ciudad de México, el Código Civil y la Ley de Notariado, prevén la posibilidad de incluir nuestro legado digital en nuestro testamento, dentro del cual se encuentran nuestros datos personales digitales.

Que a propósito de que septiembre es mes del testamento, recordemos que autoridades y notarías de la capital enfrentan ahora el reto de implementar los mecanismos que permitan hacer del “testamento digital” una realidad.

En suma, la lección que este tema nos deja es que el ejercicio de los derechos ARCO y nuestros derechos digitales no es limitativo a nuestra existencia, estos derechos también los pueden ejercer nuestros familiares.

Para hacerlo posible, las instituciones competentes tienen que facilitar los mecanismos idóneos y más garantistas. Y por nuestra parte, como titulares, anticiparnos a través los mecanismos existentes para dejar en orden nuestros asuntos. Con ello, hagamos lo que nos corresponde.
IN MEMORIAM

“Me atemorizan los malos, pero me horrorizan los buenos que no hacen nada”. -Alonso Lujambio

Esta semana se cumplen 10 años del fallecimiento de Alonso Lujambio. Maestro, tu ejemplo nos continúa guiando y motivando, sigues presente.


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/CR

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