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Padrón de celulares para la delincuencia

Padrón de celulares para la delincuencia

Columnas miércoles 14 de abril de 2021 -

Por Alejandro Torres Rogelio (*)

La próxima creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil aprobada ayer por el Senado (y en diciembre por los diputados) deja motivos de grave preocupación para todos porque, contrario a garantizar nuestra seguridad frente a delitos como el secuestro y la extorsión, nos hace mucho más vulnerables ante delincuentes que siempre van más adelante de las leyes y las autoridades.

Las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR) para crear el padrón no solo coloca a México entre los países con un sistema de vigilancia con escasos controles democráticos, también exhibió el desconocimiento de los legisladores sobre la protección de datos personales y el mundo digital, e ignoraron las recomendaciones y explicaciones que por meses les hicieron los especialistas.

Dos aspectos resultan muy inquietantes. Primero, que obligará a los 122 millones de usuarios de celulares a registrar sus datos biométricos sin precisar cuáles; segundo, la ausencia del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en el proceso legislativo y darle atribuciones sobre la protección de los datos que no corresponden al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Esto último podría frenar el despropósito de la reforma, ya que el INAI podría presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte.

Respecto de los datos biométricos, los legisladores pasaron por alto precisar cuáles serían necesarios para la finalidad de vincular a cada celular con una persona física o moral específica, y en su caso, castigar los delitos que se cometan con ellos.

La ambigüedad sobre la información biométrica que se recabará nos debe preocupar a todos, incluso a los legisladores que no supieron la puerta que abrieron al actuar con desconocimiento de la materia, porque ese tipo de datos abarca los relativos a la fisonomía y fisiología de la persona como la huella dactilar, el registro de voz, el iris, la retina, la geometría de la mano, la arquitectura de las venas, las pulsaciones, la forma de la oreja, la estructura del rostro (dimensiones, forma y distancia de ojos, nariz, boca, cejas, mentón, frente, pómulos), la información genética (ADN), entre otras.

Son también datos biométricos los relativos al comportamiento y rasgos de la personalidad como la pisada, la presión sobre el papel al firmar un documento, la firma autógrafa, la escritura, los tics, la forma de teclear en la computadora, entre otros.

Estos datos por si mismos no son sensibles, a menos que se cumplan varias condiciones: que identifiquen o hagan identificable a una persona, que se refieran a su intimidad y que puedan propiciar actos de discriminación o algún riesgo. Algunos datos biométricos revelan el estado de salud (ADN, iris, retina) o el origen étnico, y por lo tanto son sensibles.

También el contexto en que se usen puede llevar a considerarlos como sensibles, como las huellas dactilares, el registro de voz, el reconocimiento facial, la retina y el iris que permiten el acceso a los recursos financieros (acceso a la banca en línea), y su mal uso puede causar un daño patrimonial, entre otros.

De ahí el riesgo de que el padrón termine en manos de la delincuencia y en venta en internet como lo han estado las bases de datos de bancos o del INE, entre otras. Con este tipo de reformas los legisladores no solo aumentan el estado de vigilancia, también le facilitan a los delincuentes su trabajo. Y lo peor es que se les dijo y no hicieron caso.

(*) Especialista en y protección de datos.
@torresalex

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