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Prisión preventiva oficiosa, figura judicial que nos lacera y desacredita como sociedad

Prisión preventiva oficiosa, figura judicial que nos lacera y desacredita como sociedad

Columnas miércoles 31 de agosto de 2022 -

Rocío Barrera

Exdiputada federal, asesora de la AC Impulsa y colaboradora del STUNAM

La próxima semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá si la prisión preventiva oficiosa es anticonstitucional y violatoria de tratados internacionales. La medida cautelar contemplada en el artículo 19 constitucional posibilita encarcelar de manera automática a los presuntos responsables de delitos graves.

Lo que ha quedado claro en las últimas semanas, es que hay una postura generalizada en varios sectores de la sociedad, para que se inicie una defensa clara por los derechos humanos y no se continúen vulnerando las garantías judiciales, el derecho a la presunción de inocencia y el debido proceso.

Una prueba del repudió que existe en torno a esa práctica, es lo que ocurrió el pasado 26 de agosto en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) durante la sesión en la que se analizó el caso de Daniel García y Reyes Alpízar quienes permanecieron por más de 17 años en prisión preventiva oficiosa –el tiempo más largo que alguien en México ha estado en la cárcel sin sentencia–, por su presunta responsabilidad en el asesinato de María de los Ángeles Tamez Pérez, exregidora de Atizapán, Estado de México, ocurrido en 2001.

Tras analizar por más de 8 horas el caso, la Corte Interamericana recomendó al Estado mexicano eliminar las figuras legales de arraigo y prisión preventiva que se encuentran en los artículos 16 y 19 de la Constitución, herramientas jurídicas por las que García y Alpízar habrían sido víctimas de tortura psicológica y física.

En varias sentencias que ha emitido la CIDH ha dejado claro que la regla general debe ser la libertad de los acusados, en tanto se resuelve si son culpables de algún delito, ya que deben gozar de presunción de inocencia.

En México, juristas, académicos, representantes de organizaciones de la sociedad civil han expresado su rechazo a la medida cautelar, por considerar que no ha inhibido la comisión de delitos, ni ha frenado la inseguridad.

El año pasado, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, reconoció que la prisión preventiva en México afecta a los más pobres, quienes no tienen recursos para enfrentar un juicio. “Se trata de una condena sin sentencia que, por regla general, castiga la pobreza. Debemos avanzar hacia un sistema que establezca la prisión preventiva como excepcional”, aseguró.

La postura de la Corte sobre esta medida, obligó al gobierno a expresar su inconformidad ante la posibilidad de que se elimine la prisión preventiva oficiosa. El propio presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró que si la SCJN la declara inconstitucional se estaría protegiendo la impunidad. Incluso, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, alertó que acortar la figura de prisión preventiva iría en contra de la estrategia de seguridad que ha implementado el gobierno federal.

Datos de la Secretaría de Gobernación, revelan que hasta junio de 2022 se tenían registrados 220 mil personas encarceladas, de las cuales 92 mil 595 no habían sido sentenciados; 79 mil 260 se hallaban presos por delitos del fuero común y 13 mil 335, por ilícitos del fuero federal. En el mismo periodo, los estados con mayor hacinamiento eran Estado de México, Morelos, Nayarit, Durango y Tabasco.

El analista Alejandro Hope –en su colaboración del periódico El Universal–, consideró que, desde la perspectiva del control político, la prisión preventiva oficiosa ofrece grandes ventajas. Basta con una imputación –por improbada que sea (pero del tipo penal adecuado)–, para encarcelar a alguien durante años. Las oportunidades de extorsión que ofrece ese mecanismo son enormes.

Desafortunadamente, en nuestro país las leyes no se cumplen a cabalidad y –aunque hay límites para que una persona pueda estar tras las rejas sin una sentencia–, existen casi 100 mil presuntos responsables que no han sido sentenciados; lo más lamentable es que la mitad podrían ser inocentes.

Al parecer nada justifica la permanencia de esta medida cautelar –contraria a la dignidad de las personas–, que ha distorsionado el funcionamiento de los sistemas procesales. A esto se aúna el hecho de la falta de resultados en el sistema de justicia que han demostrado que no ayudará a resolver el problema de criminalidad en el país.

Una comunidad que aspira a ser mejor, más justa, imparcial y equitativa, no puede seguir tolerando que el poder judicial no cumpla con su obligación y sólo se castigue a supuestos infractores, que en su mayoría no disponen de recursos para defenderse. Urge cambiar esta figura, que nos lacera y desacredita como sociedad.

Exdiputada federal, asesora de la AC Impulsa y colaboradora del STUNAM


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