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QUE SCJN DECIDA SOBRE USO DE FUERZAS ARMADAS EN SEGURIDAD PÚBLICA

QUE SCJN DECIDA SOBRE USO DE FUERZAS ARMADAS EN SEGURIDAD PÚBLICA

Nación miércoles 24 de junio de 2020 -

Claudia Bolaños


La controversia constitucional interpuesta por la presdidenta de la Cámara de Diputados, Laura Rojas para la revisión del Acuerdo Presidencial del 11 de mayo, está apegada a ley, por lo que ahora tocará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolver al respecto.

Así lo indicó el diputado Marco Adame Castillo al comentar que la controversia presentada fue impecable tanto en términos de forma como de fondo, toda vez que la demanda busca la defensa del régimen republicano y la división de poderes.

El también Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados se refirió así a la solicitud de revisión del acuerdo del Titular del Ejecutivo Federal, para que con estricto apego a la legalidad sea la Suprema Corte de Justicia la que decida sobre de la controversia.
La Controversia Constitucional suscrita por la Presidenta de Cámara de Diputados, Laura Rojas, está contemplada en la Constitución Política y en el Reglamento de la Cámara de Diputados.

“Ahí claramente se señala que el presidente de este órgano podrá por sí mismo, en uso de la representación originaria que ostenta de la Cámara, como lo dispone el artículo 23 de la Ley Orgánica del Congreso General, presentar demanda de controversia constitucional cuando lo estime necesario para defender los intereses de ésta, aún en los períodos de receso”, precisó.

En ese sentido, agregó, el acuerdo del presidente para militarizar la seguridad pública de manera lisa y llana vulnera de manera masiva el régimen de división de poderes y de reserva de ley.

“De lo que se trata no es de malograr la facultad de disposición de las Fuerzas Armadas contenida en el artículo Quinto transitorio de la Reforma Constitucional de Guardia Nacional, sino de que precisamente esa atribución se realice conforme al orden constitucional y convencional”, indicó.

Además, se busca blindar jurídicamente la actuación de las tropas del ejército y la marina cuando participen en seguridad pública, y se debe cumplir con sentencias muy relevantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Imagen Cuartoscuro


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ER/CR

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