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Rescinden contrato a profesor de la UACh que ponía externos a dar sus clases; le atribuyen ausencias, cobros indebidos y daño patrimonial

Rescinden contrato a profesor de la UACh que ponía externos a dar sus clases; le atribuyen ausencias, cobros indebidos y daño patrimonial

Nación martes 01 de julio de 2025 -

Claudia Bolaños

La Universidad Autónoma Chapingo (UACh) informó que, como resultado de una investigación administrativa, se determinó la rescisión del contrato laboral de uno de sus profesores, Francisco José Zamudio Sánchez, por diversas conductas graves que contravienen el Contrato Colectivo de Trabajo y las políticas institucionales.

La investigación, registrada bajo el número 015/AG/2025, se inició el 6 de junio por los directivos de la División de Ciencias Forestales (DICIFO), quienes remitieron un acta administrativa a la Abogacía General de la UACh. Conforme al procedimiento, el profesor Zamudio fue citado para el 16 de junio; sin embargo, al acudir a su domicilio, se negó a recibir la notificación oficial, la cual fue dejada en su residencia.

Ese mismo día, David García Cíntora, director de la DICIFO, y la Doctora María Jesús Pérez Hernández, subdirectora académica, iniciaron un acta administrativa en contra del profesor Zamudio Sánchez, conforme a la Cláusula 11 del Contrato Colectivo de Trabajo UACh-STAUACh.

El documento se remitió a la Abogacía General, que lo recibió en esa misma fecha.

Tras registrarse la investigación administrativa con el número 015/AG/2025, se citó mediante oficio para el 16 de junio a los directivos de la DICIFO, al profesor señalado y al secretario general del STAUACh, con el fin de respetar la garantía de audiencia y permitir la presentación de pruebas.

Cuando se acudió al domicilio del profesor Zamudio Sánchez para notificarlo formalmente, éste salió al patio pero se negó a recibir el oficio, por lo que fue dejado pegado en su residencia. Días antes de la cita, el profesor solicitó por escrito ante la Abogacía General el diferimiento de la diligencia para reunir pruebas, por lo que se accedió y se le citó para comparecer el 18 de junio a las 11:00 horas.

El 16 de junio se aperturó la diligencia correspondiente, en la que comparecieron los directivos de la DICIFO, quienes ratificaron el acta administrativa y respondieron las preguntas formuladas. Posteriormente, el 18 de junio, el Dr. Zamudio Sánchez compareció en la Abogacía General acompañado por la secretaria de conflictos del STAUACh y el profesor Hernán Efraín Hernández Camargo, quien insistió en estar presente durante la diligencia.

Durante esta comparecencia, se le reiteró al profesor el motivo de su citación, especificado en el oficio de notificación que se había negado a recibir. Se le presentó el expediente de la investigación administrativa, que incluía el acta del 6 de junio, la diligencia del 16 de junio, declaraciones de testigos, un informe de Tesorería y la declaración de dos alumnos: jefe y subjefe de grupo del cuarto grado del programa de Licenciatura en Estadística.

Como resultado de la investigación, se determinó la rescisión del contrato de trabajo sin responsabilidad para la Universidad, por las siguientes conductas graves cometidas por el profesor Francisco José Zamudio Sánchez:

1. Ausencia en clases y delegación indebida de funciones docentes: El profesor no impartió personalmente las clases asignadas en el segundo semestre del ciclo escolar 2024-2025; fueron impartidas por Javier Jiménez Machorro, externo a la institución. De acuerdo con testimonios estudiantiles, en años anteriores ocurrió lo mismo con el Giovanni González. Esta práctica recurrente de delegar funciones docentes viola sus obligaciones laborales y podría derivar en demandas contra la Universidad.


2. Manejo indebido de recursos económicos: En 2013, junto con otro profesor, abrió una cuenta bancaria (65-50387871-9, CLABE 014180655038787193, en Banco Santander) a nombre de la UACh, donde se depositaban mil pesos por alumno como requisito para ingresar al posgrado de la DICIFO. Aunque negó conocer el manejo de dicha cuenta, la Tesorería confirmó que fue abierta por él. Esta práctica va en contra de las políticas institucionales.


3. Presión indebida a estudiantes: Convocó a alumnos del cuarto año de Estadística a una reunión donde los presionó para firmar un documento de renuncia a los viajes de estudios, condicionando su permanencia en el programa. Algunos estudiantes accedieron por temor a represalias; quienes se negaron fueron citados posteriormente en su domicilio particular para insistir en la firma.


4. Afectación al proceso de acreditación del programa educativo: Sin autorización, informó a los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior (CIEES) que no se atendería una entrevista agendada, a pesar de que el evento ya había sido pagado por la Universidad por un monto de $362,000.00. Como consecuencia, el programa de Licenciatura en Estadística no fue acreditado, lo cual representa un daño patrimonial y una afectación directa a la comunidad académica.



La rescisión del contrato se fundamenta en las Cláusulas 11, 28 y 82, fracciones I, III, V, VI, VII y VIII del Contrato Colectivo de Trabajo entre la Universidad Autónoma Chapingo y el Sindicato de Trabajadores Académicos de la UACh, así como en los artículos 47, fracción II; 134, fracciones I, III, IV y VII; y 135, fracciones VII, VIII y X de la Ley Federal del Trabajo, informó la universidad.

La notificación de la rescisión se realizó el 27 de junio de 2025. Primero se buscó al profesor en su cubículo en la DICIFO, sin éxito; después se acudió a su domicilio, donde su esposa informó que él no podía recibir la notificación por encontrarse en una conferencia. Se le informó verbalmente que, a partir de esa fecha, su contrato laboral quedaba rescindido.

Finalmente, se realizará el procedimiento paraprocesal correspondiente para que el Tribunal Federal Laboral de Asuntos Individuales del Estado de México, con sede en Naucalpan, lleve a cabo la notificación a través de un actuario judicial.


Réplica

A la Dirección Editorial de ContraRéplica
Presente.

Asunto: Solicitud formal de Derecho de Réplica

Yo, Dr. Francisco José Zamudio Sánchez, profesor de la Licenciatura en Estadística de la Universidad Autónoma Chapingo (UACh), en ejercicio del derecho de réplica consagrado en el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria, me dirijo a ustedes para solicitar formalmente la publicación de una réplica respecto de la nota publicada en su portal el 1 de julio de 2025, titulada:

“Rescinden contrato a profesor de la UACh que ponía externos a dar sus clases; le atribuyen ausencias, cobros indebidos y daño patrimonial”

https://www.contrareplica.mx/nota-Rescinden-contrato-a-profesor-de-la-UACh-que-ponia-externos-a-dar-sus-clases-le-atribuyen-ausencias-cobros-indebidos-y-dano-patrimonial--20251724

La nota, firmada por la reportera Claudia Bolaños, contiene información falsa, inexacta y no verificada, relativa a mi relación laboral y a supuestos hechos que carecen de sustento legal, difundidos sin que se me haya consultado previamente para conocer mi versión de los hechos, omitiendo el contraste mínimo de fuentes y vulnerando mi presunción de inocencia.

Es importante señalar que el 8 de julio de 2025 fui formalmente reinstalado en mis funciones como profesor de la Universidad Autónoma Chapingo, sin que se señalara falta o sanción alguna en mi contra, lo que demuestra que la rescisión referida en la nota carecía de fundamento jurídico.

Asimismo, la publicación incorpora datos personales y laborales de carácter confidencial, así como material gráfico obtenido sin mi consentimiento. En particular, el artículo incluye una fotografía tomada al interior del Consejo Universitario de la Universidad Autónoma Chapingo, espacio institucional de acceso restringido, lo que permite presumir razonablemente que dicha imagen fue proporcionada por alguna autoridad universitaria. De igual forma, se difundieron documentos oficiales contenidos en mi expediente laboral, cuya divulgación nunca autoricé, ni para consulta por terceros ni, mucho menos, para su publicación en medios de comunicación.

La forma en que esta información fue obtenida y difundida permite advertir que parte del material publicado —incluida la documentación oficial y el contenido gráfico— podría tener su origen en instancias de la propia Universidad Autónoma Chapingo. Existen elementos que ameritan ser esclarecidos respecto del origen de dicha información y de los mecanismos utilizados para su difusión, incluida la posibilidad de que se hayan empleado recursos institucionales, circunstancia que, de confirmarse, deberá ser analizada por la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las disposiciones aplicables.

Esta publicación ha generado una afectación grave, continuada y desproporcionada a mi persona, a mi honor y a mi trayectoria académica.

Con fundamento en los artículos 3, 4 y 6 de la Ley Reglamentaria del Derecho de Réplica, solicito:

• Confirmación inmediata de la recepción de este escrito y de todos los anexos.
• La fijación de un plazo perentorio para la publicación íntegra de la réplica, en el mismo espacio y con igual jerarquía y visibilidad que la nota original, sin edición alguna.
• La eliminación inmediata de todas las publicaciones difundidas por su medio que hacen referencia a mi persona de manera falsa, inexacta o no verificada, incluyendo el material gráfico referido.
• Que la reportera Claudia Bolaños me contacte personalmente para recabar mi versión de los hechos, en cumplimiento del deber mínimo de verificación y con apego a una práctica periodística responsable.

Solicito además que el medio informe por escrito:

• Por qué no fui consultado antes de hacer pública esta información.
• Quién autorizó su publicación.
• Quién financió su difusión.

Adjunto a la presente:

• El texto íntegro de la réplica solicitada, y
• Documentación probatoria pertinente, entre la que se incluye la resolución de reinstalación y oficios institucionales que acreditan la falsedad de las imputaciones publicadas.

Agradezco se acuse recibo de la presente solicitud. De no atenderse conforme a la ley, me veré en la necesidad de ejercer las acciones legales correspondientes ante las instancias administrativas y jurisdiccionales competentes.

Sin otro particular, quedo atento a su respuesta.

Atentamente,

Dr. Francisco José Zamudio Sánchez
Profesor de la Licenciatura en Estadística
Universidad Autónoma Chapingo

Respuesta editorial
En relación con la solicitud presentada respecto a la nota publicada en este portal hace aproximadamente seis meses, se informa que el contenido fue elaborado con base en información proporcionada por una institución, la cual fue identificada como fuente dentro de la propia nota.
La publicación se limitó a informar hechos y señalamientos atribuidos a dicha institución, sin que en ningún momento se trate de afirmaciones propias de este medio. Por tal motivo, y al contar la nota con fuente institucional plenamente identificable, y de interés social, no es jurídicamente procedente su retiro o eliminación, salvo que exista resolución de autoridad competente que así lo determine.
Este medio no tiene acceso a expedientes laborales, documentos oficiales ni información interna de las instituciones referidas, ni participa en su obtención, resguardo o difusión fuera de los canales formales mediante los cuales dichas instancias hacen llegar información de interés público.
No fue posible establecer contacto directo con la persona aludida, ya que, conforme a los datos disponibles entonces, había sido separada de sus funciones derivado de las acusaciones realizadas.
No obstante lo anterior, y en cumplimiento de lo dispuesto por el Derecho de Réplica, este medio la publica, en el mismo portal donde se difundió la nota original y con visibilidad equivalente, garantizando el ejercicio de dicho derecho.
Este medio reitera su compromiso con la libertad de expresión, el derecho a la información y el respeto a los derechos fundamentales, así como con el ejercicio periodístico responsable y apegado al marco legal vigente.

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JM/CR

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