El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo en revisión relacionado con las condiciones de sobrepoblación y hacinamiento que prevalecen en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social Nezahualcóyotl-Bordo Xochiaca, en el Estado de México.
El asunto se originó a partir de una demanda de amparo promovida por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del Instituto Federal de Defensoría Pública, debido a la omisión de diversas autoridades mexiquenses para implementar acciones destinadas a atender la sobrepoblación del centro penitenciario.
Actualmente, el inmueble alberga a más de 5 mil personas, pese a que fue diseñado para una capacidad inferior a 2 mil internos.
Durante la discusión del caso, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que el análisis debía centrarse en las personas privadas de la libertad, quienes pierden ese derecho como consecuencia de un proceso penal o una sentencia, pero conservan su dignidad humana.
La ministra sostuvo que la situación no constituye únicamente un problema administrativo o de gestión penitenciaria, sino que tiene consecuencias directas sobre derechos fundamentales.
Esquivel Mossa también indicó que el hacinamiento representa una problemática estructural y recordó que, conforme a los parámetros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuando la población penitenciaria rebasa el 120 por ciento de la capacidad de un centro pueden alcanzarse niveles críticos capaces de afectar la integridad personal.
En el caso analizado, la sobrepoblación llegaba a 236.26 por ciento, además de que las propias autoridades reconocieron la existencia de condiciones de hacinamiento.
La ministra agregó que esta situación repercute en aspectos esenciales de la vida cotidiana de las personas internas, como las condiciones para dormir e higienizarse, recibir atención médica, participar en programas de reinserción y mantener condiciones dignas de internamiento.
En ese sentido, afirmó que “las dificultades administrativas o presupuestarias no pueden convertirse en una pena adicional para quienes ya están pagando la que les impuso una sentencia judicial”.
Finalmente, Yasmín Esquivel votó a favor de conceder el amparo y establecer medidas inmediatas, coordinadas y sujetas a supervisión judicial.
Entre las acciones ordenadas se encuentran garantizar condiciones dignas y seguras de internamiento, impedir que el hacinamiento continúe agravándose y elaborar, en un plazo máximo de seis meses, un plan multidisciplinario e interinstitucional para atender y solucionar la problemática.
El cumplimiento de dicho plan deberá ser informado de manera trimestral.