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SE PARECEN, PERO NO SON IGUALES

SE PARECEN, PERO NO SON IGUALES

Columnas miércoles 10 de mayo de 2023 -

Los homónimos en personas corresponden a aquellos o aquellas que suelen llamarse igual, no obstante, su relación o parentesco no requiere conexión alguna. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2021 se registraron más de 400 mil nombres, de los cuales 260 mil fueron de mujeres y 160 mil de hombres, destacando principalmente: Sofía, María José, Valentina, Regina y Camila.

Ahora bien, en el caso de los apellidos, el INEGI registró durante el año 2020 más de 34 mil apellidos (considerando el primero y el segundo apellido); entre los cuales se encuentran: Hernández, García, Martínez, López y González.

Compartir el mismo nombre con una persona no pasa de una confusión chusca de no saber a quién se le está hablando en una conversación, incluso este tipo de situaciones se han convertido en algo tan común que hasta solemos poner el mote de “tocayo” o “tocaya” a la persona con el nombre en común. Lo anterior no representa algún riesgo o vulnerabilidad hacia nuestra identidad, la cuestión radica cuando se comparte el mismo nombre, apellidos, entidad, año y mes de nacimiento con una o varias personas, situación poco común pero no por eso menos perjudicial.

¿En qué esferas podría afectar la homonimia a las personas? Compartir los mismos datos personales con una persona puede afectar desde un historial crediticio, un expediente clínico, cuentas individuales de ahorro, información académica, incluso robo de identidad. Además, las acciones realizadas por el titular de los datos personales pueden impactar en la esfera privada de la persona con la que se comparten los datos, principalmente en los documentos utilizados en nuestra cotidianidad como puede ser un pasaporte, CURP, credencial para votar, tarjetas de crédito,
adquisición de algún bien o servicio, por mencionar algunos.

No debemos olvidar que los datos personales son sumamente valiosos y no desde una perspectiva jurídica sino también financiera, de acuerdo con una nota del diario Reforma, a través de la empresa de ciberseguridad Cryble Research and Intelligence Labs (CRIL), la venta ilegal de bases de datos incrementó un 144% respecto del año 2022.

Existen algunos mecanismos por parte de dependencias que brindan un tratamiento específico para la homonimia como son la clave de elector, el Registro Federal Contribuyentes (RFC), la Clave Única de Registro de Población (CURP), número de seguridad social, así como el padrón electoral.

No obstante lo anterior, dichos mecanismos o herramientas no pueden erradicar la homonimia, ya que el ciudadano debe acudir a cada una de las dependencias que utilizan dichas herramientas y hacer la corrección de sus datos personales.

Cabe señalar que existe un procedimiento específico para realizar el cambio de estos datos personales, donde inicialmente el Registro Nacional de Población e Identificación Personal es la instancia encargada de hacer la rectificación en su Base de Datos Nacional de la Clave Única de Registro de Población (BDNCURP); enseguida proporciona una constancia de homonimia, misma que deberá ser llevada a las diferentes instituciones para el cambio y corrección en las diferentes claves personalizadas.

Finalmente, es necesario señalar que el Estado al ser garante de los derechos humanos y encargado de velar por la protección de los datos personales tiene la tarea de expedir documentos que acrediten la identidad de los ciudadanos y ciudadanas, por lo que es importante contar con una buena coordinación, comunicación e interrelación entre las diferentes instituciones encargadas de las bases de datos masivas, así como el incremento de las medidas de seguridad, con la finalidad de que en el momento en que la persona ciudadana inicie el trámite de rectificación de datos personales, éste se le pueda ofrecer de manera inmediata, oportuna y clara.

Laura Ingrid Escalera. Politóloga por la UAM, con estudios especializados en temas de archivo, así como en el desarrollo de políticas públicas de inclusión de personas con discapacidad. @Ingrid_Escalera

“Artículo Sexto” es una iniciativa de opinión de especialistas en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales, archivo y rendición de cuentas, promovida por Laura L. Enríquez (@lauraenriquezr). Las opiniones y voces de estos especialistas son a título personal, y su objetivo es promover la cultura de la transparencia en el país. ¡Hagamos lo que nos corresponde!


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/CR

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