Inició la segunda fase de registro al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para que los patrones registren a las trabajadoras del hogar y reciban las mismas prestaciones sociales que deberían tener todos los empleados.
Las personas que presten un servicio de aseo o asistencia personal, podrán ser registradas ante el IMSS para recibir atención médica, y otras prestaciones; sin importar el número de patrones para los que se labore.
Los patrones deben registrar a las personas que emplean:
-En el sitio web del IMSS en la sección ‘Personas trabajadoras del hogar’
-El patrón deberá registrar sus datos personales: CURP, correo electrónico, teléfono y dirección del domicilio
-El patrón deberá registrar a la persona trabajadora del hogar con su número de seguro social, CURP, dirección de domicilio, salario diario y días que labora
Este proceso finaliza el 20 del mes en curso.
Las personas trabajadoras registradas serán acreedoras a:
-Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica
-Pensión por invalidez y vida
-Incapacidades
-Fondo para el retiro
-Prestaciones sociales de velatorios y guarderías
Además, el cónyuge, hijos, madre y padre de las trabajadoras del hogar serán beneficiados con el registro de la persona trabajadora. del hogar.
Imagen: Cuartoscuro