La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el proyecto relacionado con el amparo directo en revisión 5065/2025, relativo a la acción de desconocimiento de paternidad. La mayoría de ministras y ministros votaron en contra, lo que dará paso a una nueva propuesta.
Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que en los procesos filiatorios debe privilegiarse el estado de familia consolidado en el tiempo por encima de la verdad biológica. Señaló que no debe ser la mera voluntad de los involucrados la que defina las relaciones paterno-filiales, sino la estabilidad familiar.
Esquivel Mossa reconoció que puede resultar complejo exigir al padre que interponga la acción de desconocimiento dentro de los 60 días posteriores al nacimiento, especialmente si se le ocultó la verdadera paternidad y solo se enteró tras una prueba genética. Sin embargo, subrayó que existen criterios previos de la Primera Sala de la Corte que pueden servir de base para fortalecer principios en materia de derecho de familia.
La ministra enfatizó que la filiación jurídica no depende exclusivamente de la biológica y que los plazos establecidos por el legislador para ejercer acciones de coincidencia entre ambas deben respetarse, incluso de oficio.
Con estas consideraciones, la Corte decidió rechazar el proyecto inicial y avanzar hacia una nueva propuesta que defina con mayor claridad los alcances de la acción de desconocimiento de paternidad en el marco del derecho familiar.