Por Óscar Reyes Flores
El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) descartó que el canciller Marcelo Ebrard realizó actos anticipados de precampaña y campaña por su participación en diversos eventos realizados en el pasado proceso electoral.
Mediante un comunicado, el TEPJF informó que, por unanimidad de votos, se determinó que el secretario de Relaciones Exteriores no realizó actos anticipados de precampaña y campaña durante su participación en diversos eventos realizados en el pasado proceso electoral.
Lo anterior, luego de que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció a Ebrard por considerar que, durante su participación en eventos proselitistas, realizó actos anticipados de precampaña y campaña.
En concepto del propio partido, se vulneró el principio de equidad de la contienda. En ese sentido, consideró que, además, se actualizó el incumplimiento al deber de cuidado por parte de Morena.
Al respecto, la Sala Regional Especializada determinó que no se actualizaron las infracciones denunciadas, porque del análisis a las expresiones del canciller, no se advertían a elementos explícitos o implícitos que llamen al voto a su favor en la próxima elección presidencial. Inconforme, el PRI impugnó esta determinación.
La Sala Superior, en sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, confirmó la sentencia controvertida porque la Sala Regional Especializada sí analizó las pruebas, el contexto de los hechos denunciados.
Por lo que determinó, de forma exhaustiva, que las expresiones no actualizan algún equivalente de actos anticipados de precampaña y campaña (SUP-REP-680/2022).
Foto: Cuartoscuro