Columnas
Hace unos días el sello editorial del INE presentó en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara la obra colectiva “Experiencias del voto de las personas en prisión, una visión internacional comparada”. Es un texto relevante para entender mejor esta modalidad de voto y el tratamiento legal y judicial que le otorgan Argentina, Canadá, Costa Rica y Panamá.
Las y los autores cuentan con pericia en el tema en sus respectivos países y presentan estudios de caso interesantes que sirven como lecciones para mejorar el tratamiento y la gestión en nuestro país a esta vertiente del ejercicio del sufragio activo desde la cárcel.
Tres casos resultan enseñanzas que hay que tomar con seriedad.
En Canadá votan todas las personas en reclusión, tengan sentencia o no. Y como no necesariamente son o eran residentes del lugar donde se encuentran recluidos y recluidas, se les entregan boletas especiales para que voten por las candidaturas de su lugar de origen o de residencia antes de estar purgando la pena de prisión. Inclusive, según lo decida la autoridad penitenciaria, el personal de la administración electoral puede llevarles las boletas a su lugar a quienes están en enfermería, en estado de postración o confinados y confinadas en su celda. Finalmente, resalta que las personas en arresto domiciliario también pueden emitir su voto.
Costa Rica es también un caso a considerar. Su ley electoral determina que quienes estén habilitados para sufragar, pero se encontraren prestando servicio en cuarteles y cárceles, tendrán derecho a que se les permita comparecer a votar libremente, lo que les restaura su derecho político electoral a sufragar por las candidaturas de su preferencia. Ahora vemos que hemos estado excluyendo indebidamente a estas personas servidoras públicas en México.
Finalmente, veamos Panamá. Las y los reclusos cuentan con el derecho a la identificación electoral aun en el interior de los centros penitenciarios, aunque solo para efectos de votar. El día de la Jornada Electoral, la autoridad comicial consulta presencialmente las credenciales de las y lo votantes, que se encuentran todas a la vista detrás de un hoja de vidrio, para que nadie pueda tomarlas pero si comprobar que el o la electora en la casilla es quien dice ser. Es decir, la credencialización en prisión es viable a gran escala.
Son solo tres referencias útiles que el INE podría apropiarse para su estudio y análisis. El libro entero es de lectura indispensable en estos días de proceso electoral judicial y para futuros ejercicios de esta modalidad electoral, en la que el Instituto ya es experto.
Y es que resulta, como dice el apartado argentino, los derechos políticos son derechos humanos que hacen posible el “juego democrático”. Incluso, se les ha llegado a considerar como el derecho humano a la democracia.
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