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Coaliciones y candidaturas comunes en la CDMX

Coaliciones y candidaturas comunes en la CDMX

Columnas viernes 24 de noviembre de 2023 -

Moisés Vergara

En términos del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, en la capital del país los partidos políticos pueden formar coaliciones para la Jefatura de Gobierno, diputaciones locales de mayoría relativa y representación proporcional, y para elegir a las y los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales (Alcaldías); pero, en ningún caso las coaliciones electorales se consideran como un solo partido para efectos de asignación de diputados por el principio de representación proporcional.

La conformación de las coaliciones se da con dos o más partidos políticos y se formaliza a través de un convenio revisado y aprobado por el Instituto Electoral de la Ciudad de México, y pueden ser de tres tipos: totales, parciales y flexibles.

En nuestra Ciudad, se entiende por coalición electoral total, aquélla en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso local, a la totalidad de sus candidaturas a puestos de elección popular bajo una misma plataforma electoral.

La regla es que, cuando se lleve a cabo la elección relativa a la Jefatura de Gobierno, en el caso de que dos o más partidos políticos se coaliguen en los treinta y tres distritos electorales uninominales para las elecciones de diputaciones del Congreso local, estos partidos políticos necesariamente deben coaligarse para la elección de la Jefatura de Gobierno; pero, el Reglamento de Elecciones del INE aclara que esta regla no opera de manera inversa, ni en el caso de postular a la totalidad de candidaturas para las elecciones de Alcaldías.

Por su parte, la coalición electoral parcial es aquélla en la que los partidos políticos coaligados postulan al menos al cincuenta por ciento de sus candidaturas; y la flexible será cuando se postulen al menos a un veinticinco por ciento de candidaturas.

La coalición electoral actúa como un solo partido para efectos de la representación legal en caso de impugnaciones, para lo correspondiente a los topes de gastos de campaña, la contratación y difusión de propaganda y en lo relativo a informes de gastos de campaña.

De igual manera, el Código local permite que dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, postulen la misma candidatura, lista o fórmula, lo cual también se formaliza mediante un convenio suscrito entre los partidos postulantes y la o el candidato, aprobado por la autoridad electoral.

Las coaliciones y las candidaturas comunes pueden coexistir, pero a efecto de no vulnerar el principio de uniformidad, los partidos políticos están impedidos para convenir una cantidad de candidaturas comunes que equivalgan, cuando menos, al veinticinco por ciento de las postulaciones.

Lo anterior con sustento en la Tesis III/2019 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de rubro: “COALICIONES. CRITERIOS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS MEDIANTE DISTINTAS FORMAS DE ASOCIACIÓN EN UNA MISMA ELECCIÓN” y los precedentes: SUP-JRC-24/2018 y SUP-JRC-66/2018.

Luego de una minuciosa revisión documental y un excelente trabajo de las y los consejeros del Instituto Electoral de la Ciudad de México, en esta entidad, hasta el momento, se han aprobado dos coaliciones, en este caso para la Jefatura de Gobierno.

La coalición “Juntos Hacemos Historia en la Ciudad de México”, fue suscrita por los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista; y la coalición “VA X LA CDMX”, por los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática.

Sin duda, este proceso electoral que apenas empieza, se pronostica será muy complicado y competitivo, pero existe plena confianza en las autoridades electorales locales que han dado muestra de profesionalismo e imparcialidad desde su creación en 1999; por lo cual, merecen un voto de confianza de los actores políticos y la ciudadanía. La contienda debe darse entre los partidos y no contra la autoridad electoral.

Plancha de quite: “Los partidos son un mal inherente a los gobiernos libres”. Vizconde Alexis de Tocqueville.


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/CR

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