SERGIO GONZÁLEZ
La pandemia ha acelerado la transformación digital de nuestras vidas y sociedades, pero también de la educación, la economía, las finanzas, el empleo y la salud. En esta carrera por vencer al virus, estamos viendo en este oprobioso 2020 lo que de manera ordinaria debió suceder hasta 2025.
Así, la humanidad enfrenta retos superlativos relacionados con la manera en que navegamos por internet, nos comunicamos, nos informamos, nos entretenemos, trabajamos, creamos y adquirimos diversos bienes y servicios por la vía digital.
Sensible a este entorno de ansiedad social por la irrupción vertiginosa y súbita de tecnologías inteligentes, el Gobierno de España recientemente lanzó una consulta pública para la elaboración de una Carta de Derechos Digitales, para enfrentar de menor manera los riesgos y amenazas que atacan la seguridad, la privacidad y la confianza en el mundo digital.
Hay que recordar que España ya fue el primer país europeo que garantizó una serie de derechos digitales relacionados con internet en su Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales, que incluyó importantes aspectos como el derecho al olvido en la red, la seguridad y la educación o la desconexión digital en el ámbito laboral.
El proyecto de Carta recoge un conjunto de principios para “guiar” futuros proyectos de ley, siendo “marco de referencia” para el desarrollo de las políticas públicas, según el Ministerio. De su contenido destaca que los derechos fundamentales y libertades reconocidos en la Constitución española, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias están garantizados en el entorno o espacio digital y que todas las personas poseen idénticos derechos en el entorno digital y en el analógico.
Declara que las personas tienen el Derecho a la identidad en el entorno digita y explica que, por entorno digital se entiende el conjunto de sistemas, aparatos, dispositivos, plataformas e infraestructuras que abren espacios de relación, comunicación, interrelación, comercio, negociación, entretenimiento y creación que permiten a las personas físicas o jurídicas de forma bilateral o multilateral establecer relaciones semejantes a los existentes en el mundo físico tradicional; que por espacio digital se entiende a los lugares digitales que abren los entornos digitales en los que es posible la comunicación, interrelación, comercio, negociación, entretenimiento y creación de forma especular con el mundo físico tradicional; y que por ciudadanía digital se entiende el estatuto de derechos y obligaciones de la persona.
Igualmente, se garantizará el derecho de los usuarios a la neutralidad de Internet; es decir, que los proveedores de servicios de Internet proporcionarán una oferta transparente de servicios sin discriminación por motivos técnicos o económicos. Terminaré el próximo jueves.
gsergioj@gmail.com
@ElConsultor2