Síguenos @ContraReplicaMX
Columnas
La semana pasada, el presidente Andrés Manuel López Obrador leyó en Palacio Nacional el cuestionario que el periódico New York Times envió al vocero presidencial, Jesús Ramírez, sobre un reportaje relacionado con presuntos nexos de “aliados” del Mandatario con narcos.
La plataforma denominada YouTube bajó el video de la conferencia mañanera del jueves 22 de febrero en la que el Presidente López Obrador divulgó el teléfono personal de la jefa de la oficina del diario estadounidense en México, Natalie Kitroeff. YouTube, determinó que se violan las políticas sobre acoso y cyberbullying.
El presidente proyectó en una pantalla gigante las preguntas, con las que el periódico buscaba tener una postura de la Presidencia, AMLO, y los datos personales de la periodista, que solicitaba la información.
Lo anterior viola los derechos humanos de las personas, y el derecho a la intimidad, que señala Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de sujetos obligados, que establece que son Datos Personales, los siguientes: Datos identificativos (nombre, domicilio, edad, firma, RFC, etc.). Datos electrónicos (correo electrónico). Datos laborales (puesto, domicilio oficial, correo oficial, etc.). Datos patrimoniales (cuentas bancarias, información crediticia, etc.).
El Presidente López Obrador viola el derecho a la Intimidad al exhibir en la mañanera un documento que contiene el nombre y el teléfono de una periodista del New York Times.
AMLO viola la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de sujetos obligados, que establece de manera clara las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados, así como el artículo 113 fracción 1 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que señala cual es la información que contiene datos personales concernientes a una persona física identificada o identificable.
La ley establece que ninguna autoridad dé ningún nivel de gobierno puede divulgar datos personales sin tu autorización, justo ese es el derecho a la Intimidad.
Además de lo anterior lo realizado por el Presidente durante la mañanera viola el derecho de acceso a la información, así como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.
¿Cuándo se viola la ley de protección de datos?
Hay una violación a la intimidad y a la seguridad de los datos cuando los datos de los que es responsable una autoridad sufren un incidente de seguridad que da lugar a la violación de la confidencialidad, disponibilidad de los datos, como sucedió en el caso de la periodista, lo que pone en riesgo su vida y la de su familia.
El canal del Gobierno en YouTube, señalaba que el video no estaba disponible, sólo aparecía una pantalla negra con la leyenda: “este video se quitó debido a que infringe la política de YouTube sobre acoso y bullying”.
YouTube finca un penoso precedente para el gobierno de México al sancionar al canal del gobierno ya que violó las “políticas sobre acoso y cyberbullying, ya que el contenido del video revelaba información de identificación personal de la periodista, incluido su número de teléfono, lo que puso en peligro su vida, hecho por el que el gobierno y el Presidente deben también ser sancionados por las Leyes mexicanas.