La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad un amparo directo en revisión bajo la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, en el que se declaró constitucional el artículo 10 del Reglamento de Infectocontagiosidad y Emanaciones Radioactivas incluido en el Contrato Colectivo de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
El ordenamiento establece una prestación diferenciada para el personal médico que labora en áreas de alto riesgo de contagio, como servicios de infectología y unidades de cuidados intensivos. El Tribunal Pleno concluyó que la disposición no vulnera los derechos de igualdad, no discriminación ni salud, ya que responde a la necesidad de proteger a quienes enfrentan condiciones laborales más peligrosas.
La ministra Esquivel Mossa subrayó que los médicos adscritos de manera constante y permanente a hospitales y servicios de infectología no son equiparables con quienes desempeñan funciones en otras áreas del sistema de salud, pues la distinción se basa en el nivel de riesgo infectocontagioso.
Con esta decisión, se mantiene la protección reforzada para los profesionales del IMSS que enfrentan exposición permanente a agentes infecciosos, como medida compensatoria destinada a salvaguardar su integridad y prevenir enfermedades o accidentes de trabajo.