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9 años sin Ley General de Agua

9 años sin Ley General de Agua

Columnas martes 29 de junio de 2021 -

José Narro Céspedes

Condenamos el homicidio del defensor Tomás Rojo Valencia, integrante de la tribu yaqui, en Sonora. Asesinato que se relaciona con su activismo en la región, toda vez que fue portavoz de los pueblos en resistencia durante la construcción y posterior operación del Acueducto Independencia en la entidad.
Exigimos justicia y una investigación exhaustiva ante la actividad de defensa de derechos humanos de Tomás Rojo, coordinando asimismo acciones para la atención integral de los familiares y víctimas indirectas en el caso.

Es preocupante la ausencia de efectividad, eficiencia y vigencia de acciones, políticas públicas y estrategias oficiales, coordinadas y adecuadas, por parte de las instancias de los tres órdenes de gobierno del Estado mexicano, tendentes a prevenir agresiones, incidentes y riesgos, así como para garantizar la vida, seguridad e integridad personal de defensoras de derechos humanos.

En el caso de Rojo Valencia, tuvo conocimiento de que la Fiscalía General de Justicia del estado de Sonora inició la indagatoria correspondiente para el esclarecimiento de los hechos e identificación de los responsables, con motivo de la presunta desaparición y posterior homicidio del defensor.

Si hay un pueblo que sabe de primera mano el significado de la injusticia hídrica ese es el Yaqui. El agua ha sido tan consustancial para su cultura y su existencia como la tierra, un nudo indisoluble que, desatado, es la brújula hacia la extinción.

Siendo el agua un elemento vital para la supervivencia de las especies, resulta un instrumento de conflicto que involucra poder político, económico, cultural y social. La gestión democrática del agua tiene múltiples e ineludibles vínculos con la exigencia de los pueblos indígenas para que les sean respetados sus derechos a la autodeterminación y por lo tanto a gobernar sus propios territorios. En México, y en general en América Latina, este tema ha pretendido ser soslayado por los gobiernos de cada país.

Antes que reconocer los derechos de los pueblos indígenas en este campo, existen suficientes evidencias de que las políticas de los estados nacionales han atentado contra ellos, al tratar al agua, en total acuerdo con las políticas dominantes en la arena internacional y más allá de las declaraciones, como mercancía y mecanismo de enriquecimiento para las compañías transnacionales, antes que como condición de vida y bienestar social.

Para sostener sus formas de vida y subsistencia, las comunidades indígenas con frecuencia han debido defender los recursos hídricos que necesitan, frente a decisiones gubernamentales que no consideran sus necesidades y derechos. La desecación de lagunas y humedales, la inundación de pueblos y áreas agrícolas por la construcción de grandes presas, la contaminación de ríos y acuíferos por parte de la industria petrolera, y la transferencia del agua a las grandes ciudades, son sólo algunos ejemplos de las decisiones que han afectado a los pueblos indígenas.

El acceso al agua se ha erigido en uno de los derechos humanos indispensables para el desarrollo de los seres humanos, ya que se trata de un derecho llave, para la realización de otros derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, a un medio ambiente sano, a la salud y a la alimentación, por citar algunos. No obstante, el acceso al agua tiene una relación estrecha con la situación de pobreza de las personas; generalmente, quienes viven en condiciones de marginación son los que padecen en mayor medida las consecuencias de la falta de acceso a este recurso vital. Por ello, desde el seno de las Naciones Unidas se ha trabajado a través de diversos esfuerzos para tratar de articular las acciones desde el ámbito internacional, a fin de que los Estados nacionales incorporen el reconocimiento formal del derecho humano al agua y al saneamiento a sus ordenamientos jurídicos y, por ende, a las políticas públicas.

Hace nueve años México espera una nueva Ley de aguas a partir de una reforma del artículo 4° de la Constitución federal que consagró el derecho humano al agua en el año 2012. El debate jurídico ha girado en torno a qué modelo de desarrollo legislativo debe adoptarse: uno que se limite a considerar a este vital recurso natural como un servicio administrativo u otro innovador que incorpore un enfoque de derechos, ambiental y pluricultural.

En México hablar del agua es hablar de un problema complejo, que requiere de un abordaje interdisciplinario e intercultural. Empecemos dimensionando el tamaño de la cuestión, pues en el país existen cerca de 9 millones de personas sin acceso a agua potable y 11 millones de personas sin servicios de alcantarillado. La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) ha estimado que para lograr la cobertura universal al 2030, considerando las tasas del crecimiento poblacional en México, deberá encontrarse la manera de dar acceso a agua potable a 36.8 millones de personas e incluir en servicios de alcantarillado a 40.5 millones de habitantes.

El régimen jurídico del agua establecido en la Ley de Aguas Nacionales ha resultado insuficiente y en muchos casos ha provocado la violación de derechos humanos en México. El derecho humano al agua, derecho que implica el acceso de toda persona al agua en cantidad y calidad suficiente para satisfacer sus necesidades básicas, fue reconocido en México el 8 de febrero de 2012 y supuso que todas y todos los actores involucrados pensaran un nuevo paradigma en torno al cual pudiera ser construido el goce y disfrute de este derecho. Este reconocimiento se hizo a través de una reforma constitucional al artículo 4° que, de manera contundente, establece los estándares a los cuales debe ceñirse el cumplimiento del derecho, incluyendo para ello, la participación de la ciudadanía, la sustentabilidad en la gestión de los recursos hídricos, así como el derecho al saneamiento.
Garantizar el derecho al agua supone también una profunda transformación en la forma en que se adoptan las decisiones en torno al mismo; la experiencia mexicana enseña que el modelo centralizado y controlado por el Gobierno Federal ha traído aparejadas la degradación, la contaminación y la sobreexplotación de las cuencas y acuíferos. En países megadiversos como México se requiere de un régimen donde las cuencas se manejan de manera autónoma.


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/CR

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