Por José Víctor Rodríguez Nájera*
El camino para reconocer los derechos políticos de las mujeres en México, para cerrar la brecha histórica de violencia, discriminación y desigualdad, ha sido largo, difícil y complicado. Lleno de obstáculos y resistencias, no solo de la sociedad sino también de las mismas instituciones que tienen la obligación de garantizar el libre ejercicio de los derechos ciudadanos.
Tras largas batallas legales se logró establecer los principios para que las mujeres tuvieran las condiciones de igualdad en el ejercicio de sus derechos políticos—, tanto a nivel municipal, estatal y federal, incluso en los órganos legislativos— donde se logró la paridad de género (mismo número de legisladores hombres y mujeres), como un piso y no un techo que restringiera la participación femenina.
La reciente sentencia emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX-JEL-204/2021) viola flagrantemente la Constitución al impedir el libre ejercicio de los derechos políticos. Acentúa su discriminación, la desigualdad, al interpretar que “no puede haber un mayor número de mujeres, que de hombres en el Congreso capitalino.
La sentencia marca un retroceso en materia de paridad de género porque, de un “plumazo”, cambia la prelación de las listas electorales y elimina a las mujeres que obtuvieron una mayor votación, para colocar a varones.
El argumento es que, no debe haber un mayor número de mujeres en el Congreso local y, por ende, las eliminan para ser sustituidos por hombres, sin importar que las mujeres recibieran un mayor número de votos de los ciudadanos que participaron en el pasado proceso electoral.
Esta situación, sin lugar a dudas distorsiona la voluntad popular, emitida en los votos, y en una decisión cambia la composición del Congreso de la capital del país, violando flagrantemente los derechos electorales y violentando las garantías de las mujeres.
El “ajuste” que hizo el Tribunal Electoral abona a perpetuar el sistema de exclusión en agravio de las mujeres, que se ha mantenido en la historia de la humanidad. Además, establece un peligroso antecedente legal, porque ya varios estados de la República han tomado dichos criterios para impedir la mayor participación de las mujeres en los órganos legislativos.
Por ello, es necesario que los magistrados vuelvan a revisar su sentencia y establezcan los criterios constitucionales ante esta resolución altamente violatoria a los derechos de las mujeres y reinterprete su sentencia, para evitar que con ella se limite el acceso a los cargos públicos e integración de los congresos.
Los países avanzados en materia de derechos humanos nos están viendo a detalle, porque somos el primer país en haber logrado la paridad constitucional en los tres Poderes, en los tres niveles y en los órganos autónomos, a nivel internacional.
Que no se olvide que México es reconocido como un país que ha logrado el mayor avance en los temas de protección de los derechos políticos de las mujeres. En este sentido, las mañas, falsas salidas y trampas que han existido desde que empezaron las cuotas de género, no deben permitirse, porque manchan el avance ya reconocido por la ONU y organismos internacionales por el trato de los derechos humanos.
*Periodista mexicano