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El interés público por la salud presidencial

El interés público por la salud presidencial

Columnas miércoles 29 de abril de 2020 -

Tras la revelación de que la secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval, tiene la enfermedad Covid-19 volvió a surgir el cuestionamiento sobre la falta de transparencia respecto del estado de salud de los servidores públicos y si se justifica o no que sea información pública.
Antes que ella, los gobernadores de Hidalgo, Omar Fayad; de Querétaro, Francisco Domínguez, y de Tabasco, Adán Augusto López, así como la alcaldesa de Magdalena Contreras en la Ciudad de México, Patricia Ortiz, informaron que tenían la enfermedad.
Todos ellos informaron su condicion de salud voluntariamente, pues hasta ahora esa información es protegida por la Constitución y las leyes de protección de datos personales.
La salud de los funcionarios, desde el presidente de la República hasta el nivel más bajo de la burocracia, es información confidencial, pero valdría la pena resolver cómo conciliar el interés público frente al derecho a la protección de datos personales.
Toda persona tiene garantizado en la Constitución y las leyes su derecho a la protección de sus datos. Al tratarse de funcionarios, cierta información debe hacerse pública, por ejemplo, la que demuestra que cumple los requisitos para ocupar el cargo. Así, el aspirante a presidente de la República debe revelar su edad para comprobar que es mayor de 35 años.
La Suprema Corte ha resuelto que los servidores públicos, en cambio, tienen que tolerar cierta invasión a su vida privada en razón del escrutinio al que deben someterse en toda democracia.
Al aceptar ocupar el cargo admiten esa condición pública y deben ser tolerantes con ello, agregan las resoluciones; sin embargo, los servidores públicos no pierden de manera absoluta su derecho a su vida privada, sino tan solo la esfera de protección es más reducida respecto de la que goza cualquier otra persona.
El interés público por conocer el estado de salud de los presidentes de la República y gobernadores no es nuevo, y a partir de la promulgación de las primeras leyes de transparencia en el país ha sido motivo de solicitudes recurrentes. Siempre se ha clasificado la información como confidencial.
Solo en los casos en que los mandatarios fueron sometidos a algún procedimiento quirúrgico, el gobierno ha informado de ello a posteriori. Ocurrió con Vicente Fox, quien se sometió a una cirugía justo cuando el presidente estadounidense George W. Bush lo buscaba afanosamente para pedirle su voto en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas tras los ataques del 11 de septiembre. Ocurrió también cuando al presidente Enrique Peña se le hizo un procedimiento quirúrgico en la garganta.
El interés público reside en saber si el mandatario está o no en condiciones de desempeñar el cargo, pues de él depende el destino de todo un país, pero también es cierto que no toda la información sobre su salud cumple con ese propósito de saber. Por ejemplo, se han pedido copias de sus expedientes clínicos completos y los exámenes orina y sangre, entre muchas otras.
El interés público podría satisfacerse con cierto grado de conocimiento sobre la salud del mandatario en términos generales y avalado por una institución y un cuerpo médico acreditados, pero también es cierto que ante un escenario en el que no goce de buena salud y ello comprometa su desempeño público, la Constitución y las leyes no parecieran estar del todo preparadas para seguir una ruta de acción que contemple su relevo. Tan solo señala la hipótesis de un “ausencia absoluta”.
Valdría la pena definir ya qué información relacionada con el estado de salud de los funcionarios debe ser pública y cuál mantenerse en confidencialidad.


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