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INE: ¿Voto en Prisión 2025?

INE: ¿Voto en Prisión 2025?

Columnas martes 04 de febrero de 2025 -

En el avance constante de las modalidades recientes de voto en México destacan tres: voto en el exterior, voto en prisión preventiva y voto anticipado. En todas el INE cuenta con experiencia, capacidades, oficio y vocación.

Para este proceso electoral extraordinario para la renovación parcial del Poder Judicial de la Federación mediante el voto popular, el INE ha determinado acometer solo el voto anticipado, para lo que aprobó un acuerdo el pasado 20 de diciembre estableciendo los lineamientos y el modelo de operación correspondientes.

La negativa del INE a organizar el voto en el exterior fue confirmada por la Sala Superior del Tribunal Electoral federal hace unas semanas, dándole la razón al INE al resolver varias impugnaciones, determinando que éste carece de condiciones técnicas, operativas, temporales y financieras para implementar dicha modalidad de votación.

Por lo que hace al voto de las personas en prisión preventiva (VPPP), todo parece indicar que la ruta será distinta. Al resolver la Sala Superior un asunto relacionado con 159 personas en reclusión que, con una muy mala e inoportuna asistencia de la Defensoría del propio Tribunal, pedían ser credencializadas para poder votar, decidió voltear a ver este tema.

En sentencia notificada al INE el 16 de enero la Sala le ordenó al Consejo General del INE que, en un plazo de 30 días, determine la posibilidad de que las personas en prisión preventiva puedan votar en la elección judicial en curso y, en su caso, emita los lineamientos correspondientes.

Determinó además que si el INE determina no implementar el VPPP, deberá emitir y aplicar las acciones necesarias para garantizar el derecho al sufragio para la elección del año 2027 y emitir la regulación correspondiente.

Respecto al mecanismo para la implementación del VPPP, dijo que el INE queda en plena libertad de atribuciones para fijarlo, pues cuenta con los órganos capacitados y competentes para organizar los procesos electorales, así como el diseño de la captación del voto para casos extraordinarios.

La sentencia dice también que el INE deberá valorar diversos sistemas conforme a los estudios y diagnósticos que realice, entre los que deberá considerar el voto por correspondencia y a través de las tecnologías de la información y que para el desarrollo del mecanismo de votación de las personas en reclusión, se coordinará con las autoridades penitenciarias y jurisdiccionales que corresponda.

El plazo impuesto por la Sala al INE vence a finales de la semana que entra…

El fallo también exhortó a la Defensoría y a las y los defensoras y defensoras que la componen a ser más serios y responsables, pues se les venció el plazo para presentar las demandas, falla que debió haber sido tratada de otra manera, por el riesgo procesal al que expusieron a las personas actoras. Visitaduría y/o Contraloría del Tribunal deberíanasomarse.

@ElConsultor2

gsergioj@gmail.com


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