El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no ejercer su facultad de atracción sobre dos amparos relacionados con el cierre de calles por particulares mediante portones, rejas, casetas de vigilancia o personal de seguridad.
La decisión se produjo luego de que la ministra Loretta Ortiz Ahlf modificara su voto durante la sesión de este lunes, con lo que cambió el resultado de la votación que inicialmente daba por aprobada la atracción de los asuntos.
Los casos corresponden a los amparos en revisión 256/2024 y 276/2024, cuya solicitud de atracción fue planteada por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra. El tema había sido sometido a votación el pasado 21 de septiembre, cuando se registró un empate de cuatro votos debido a la ausencia de Ortiz Ahlf, por lo que el pleno decidió esperar a su reincorporación.
Durante la sesión del 5 de octubre, Ortiz Ahlf inicialmente manifestó estar “a favor del proyecto”, por lo que el secretario general de Acuerdos, Daniel Álvarez Toledo, informó que existía mayoría para ejercer la atracción.
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, incluso declaró: “En consecuencia, se ejerce la facultad de atracción en la solicitud 865/2026”. Sin embargo, antes de cerrar formalmente el asunto, la ministra solicitó intervenir y expresó: “Perdón. Meditándolo mejor, en no ejercer”.
El cambio modificó el resultado de la votación. Ante ello, Aguilar Ortiz confirmó: “Entonces sería ahora mayoría por no atraer, verdad… En consecuencia no se ejerce la facultad de atracción en la solicitud 865/2026”, con lo que el asunto quedó concluido.