El 28 de abril de 2022 el entonces Presidente presentó al Congreso una iniciativa de reforma constitucional en materia electoral. Según el anuncio institucional de aquellos días, el documento habría sido elaborado, cuando menos, por Pablo Gómez Álvarez y Horacio Duarte Olivares.
Enlisto a continuación los primeros 6 temas concretos relevantes de aquella propuesta que bien podría resurgir ahora: 1. Conformar un solo mecanismo electoral nacional con instituciones administrativa y judicial únicas, bajo el principio de la austeridad republicana. Disolver los OPLES y los Tribunales Electorales estatales y concentrar sus funciones en el INEC y el TEPJF, respectivamente; y elegir mediante voto secreto, directo y universal a dichas autoridades, por postulación de candidaturas a cargo de los poderes de la Unión.
2. INEC en lugar de INE, con 7 Consejerías en lugar de 11. El INEC se conformaría por órganos temporales y auxiliares, en lugar de permanentes, en especial en los periodos electorales, para concentrar las funciones “que han sido fragmentadas en innumerables unidades administrativas, a efecto de contar con la estructura indispensable para garantizar las funciones asignadas en la legislación.” En caso de falta absoluta de una persona consejera o magistrada, la Cámara que convocó a su elección designaría a quien deberá sustituirla.
3.- La Cámara de Diputaciones quedaría conformada por 300 curules, es decir, se eliminarían 200. El Senado de la República quedaría integrado por 96 escaños, pasando de 128 a 96. Su elección sería a través del sistema de listas por entidad federativa. “La aplicación de este método daría como resultado la representación plural más amplia existente en la historia del país. Se trata del mecanismo de representación proporcional más plural que se haya propuesto en la historia del sistema político mexicano.”
4. La elección de Congresos y Ayuntamientos se regiría por el mismo principio de listas postuladas en una sola demarcación de la totalidad del territorio estatal o municipal; y se establecía un criterio poblacional para la definición del número de representantes en dichos órganos representativos. El número en las legislaturas locales no podría exceder de 15 diputaciones en aquellas entidades con población menor a 1 millón de personas, que podría incrementarse en una curul por cada 500mil habitantes adicionales, con tope de 45 diputadas y diputados.
5. Eliminar el financiamiento público a los partidos políticos respecto de sus actividades ordinarias y que cubrieran dichos gastos con el financiamiento de simpatizantes y militantes. El objetivo era reducir el alto costo que los partidos políticos representan al erario y obligarlos a convertirse en instituciones autosostenibles mediante esas aportaciones, legalmente vigiladas. El financiamiento público se mantendría solamente para el gasto de campañas durante la contienda electoral.
6. Se elevaría a rango constitucional la garantía del uso de tecnologías de la información y comunicación para la emisión del voto.
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