Enseño Derecho Constitucional en la UNAM. Por años, al inicio del semestre, hacía esfuerzos para adquirir un buen número de constituciones actualizadas, de la editorial Porrúa, por el precio accesible, para regalárselas a mis alumnas y alumnos y que pudieran seguir la clase sin mayores dificultades.
Últimamente he tenido que desistir del gesto. La Constitución mexicana ha sido sometida a una larga cadena de huracanes categoría 5. Tan solo en los dos semestres pasados, los que corrieron de febrero a mayo y de agosto a diciembre de 2025, nuestra norma fundamental fue modificada en 7 ocasiones. Esas son muchas constituciones de Porrúa por grupo y por alumno.
Lo que hago ahora es estar pendiente del sitio web de la Cámara de Diputaciones del Congreso de la Unión y conforme se va actualizando, le mando un ejemplar electrónico a mis grupos. A veces, de todos modos, la dinámica parlamentaria nos rebasa y hay que correr a entender las reformas para explicarlas y evaluarlas, cuando son interesantes, claro.
Si revisamos los años de la 4T, es decir, de finales del 2018 a principios de este 2026, podemos enlistar 45 decretos de reforma constitucional promulgados; 27 de ellos con AMLO y los restantes 18 con CSP.
Según el conteo del sitio web referido, esos decretos contienen modificaciones de diversa clase a 96 artículos de la Constitución con AMLO y a 53 con CSP, muchos de ellos en repetidas ocasiones. Además, todo parece indicar que en breve iniciarán nuevos procesos de reforma en materia electoral, anticorrupción y de fuero, cuyos decretos podrían estarse publicando hacia marzo y/o abril; es decir, a medio semestre febrero-mayo.
Estas cifras, por sí mismas, y sin ponderar la sustancia de las reformas, que sería materia un libro y no de una columna, tienen implicaciones delicadas.
Por ejemplo, cuando en clase vemos Teoría de la Constitución, abordamos la taxonomía tradicional para clasificar las normas fundamentales del mundo, y después de ver el listado de reformas a la nuestra, mis alumnos y alumnas rechazan, entre sorna y molestia, que la nuestra esté considerada como rígida e invariablemente la denuncian como flexible.
Entiendo que el nuevo régimen quiera dejar su impronta en el marco jurídico mexicano, sustituyendo un modelo previo, al que llaman “neoliberal”, por uno propio, cuya denominación aun no alcanzo a precisar. Sin embargo, con todas las ventajas que ofrece la velocidad de la mutación normativa, existen riegos y amenazas que hay que ponderar, con prudencia, responsabilidad de Estado y sentido de República.
Una de ellas es la fragilización de la norma suprema, claro, pero también de su percepción social de eficacia como conductora adecuada del cambio social, de la paz pública y lo que es peor, del sistema democrático.
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